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Academia de Amparoy Derecho (ADAYD IA, S. DE R. L. DE C. V.)

Por Dr. Rafael Alejandro Tapia Sánchez · Juez de Distrito y Doctor en Derecho · publicado el

Calendario fiscal 2026

Las principales obligaciones fiscales en México, con su periodicidad y fecha límite. Una guía de referencia para no perder ningún plazo ante el SAT.

Las fechas exactas de cada año las publica el SAT; esta guía resume las reglas generales y las fechas clave de 2026. Combínala con nuestras calculadoras y tablas de indicadores.

Obligaciones mensuales

Como regla general, las declaraciones y pagos mensuales se presentan a más tardar el día 17 del mes siguiente al que corresponden (art. 6 CFF y disposiciones de la RMF).

ObligaciónQuiénFecha límite
Pago provisional de ISRPersonas morales y físicas con actividad empresarial/profesionalDía 17 del mes siguiente
Pago definitivo de IVAContribuyentes de IVADía 17 del mes siguiente
Retenciones de ISR (sueldos, honorarios, arrendamiento)Retenedores (patrones y personas morales)Día 17 del mes siguiente
Retenciones de IVARetenedores de IVADía 17 del mes siguiente
DIOT (Declaración Informativa de Operaciones con Terceros)Contribuyentes de IVAMes inmediato posterior
Art. 6 CFF · Ley del ISR · Ley del IVA · RMF 2026

Días adicionales según el sexto dígito del RFC

Ciertos contribuyentes tienen días hábiles adicionales para presentar sus declaraciones mensuales, contados a partir del día 17, según el sexto dígito numérico de su RFC (Decreto de facilidades / art. 5.1).

6º dígito del RFCDía límite (hábil)
1 y 2Día 17 + 1 día hábil
3 y 4Día 17 + 2 días hábiles
5 y 6Día 17 + 3 días hábiles
7 y 8Día 17 + 4 días hábiles
9 y 0Día 17 + 5 días hábiles
Decreto de facilidades administrativas · art. 5.1

Este beneficio no aplica a todos los contribuyentes (por ejemplo, ciertos grandes contribuyentes). Verifica tu supuesto en el portal del SAT.

Declaraciones anuales 2026 (ejercicio 2025)

ObligaciónQuiénFecha límite 2026
Declaración anual de ISRPersonas morales31 de marzo de 2026
Declaración anual de ISRPersonas físicas30 de abril de 2026
Arts. 9 y 150 LISR

Si el saldo resulta a favor, la persona física puede solicitar su devolución automática al presentar la declaración anual.

Fechas laborales clave 2026

ConceptoFecha límite 2026Fundamento
Reparto de utilidades (PTU) — personas moralesA más tardar 30 de mayoart. 122 LFT
Reparto de utilidades (PTU) — personas físicasA más tardar 29 de junioart. 122 LFT
Pago del aguinaldoAntes del 20 de diciembreart. 87 LFT
Prima vacacionalAl disfrutar las vacacionesart. 80 LFT
Ley Federal del Trabajo

Calcula estos conceptos con nuestra calculadora de finiquito, aguinaldo y vacaciones.

Aviso: Esta guía es de referencia general con base en la legislación mexicana vigente. Las fechas límite pueden ajustarse por días inhábiles o disposiciones del SAT. Verifica siempre el calendario oficial en el portal del SAT y consulta con tu contador o asesor fiscal.

Cómo usar y leer este calendario fiscal 2026

Un calendario fiscal no es una simple lista de fechas: es la traducción práctica de plazos que están escritos en la ley y cuyo incumplimiento tiene consecuencias económicas concretas. Esta sección explica de dónde salen las fechas, cómo se computan los plazos cuando algo cae en día inhábil y cuáles son los errores más frecuentes al aplicarlas.

Fundamento legal de las fechas clave

El famoso día 17 no es una costumbre administrativa: los pagos provisionales de ISR se presentan a más tardar el día 17 del mes inmediato posterior, conforme al artículo 14 de la Ley del ISR, y la misma lógica mensual rige para los pagos definitivos de IVA y para el entero de retenciones. La declaración anual de las personas físicas se presenta en abril del año siguiente, según el artículo 150 de la propia Ley del ISR. Por su parte, los días hábiles adicionales que dependen del sexto dígito numérico del RFC provienen del decreto de facilidades administrativas publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26 de diciembre de 2013 (artículo 5.1), que opera como beneficio, no como obligación.

Qué pasa cuando la fecha límite cae en día inhábil

El artículo 12 del Código Fiscal de la Federación resuelve la duda más común: si el último día del plazo es inhábil, o si ese día las oficinas ante las que debe realizarse el trámite permanecen cerradas durante el horario normal de labores, el plazo se prorroga hasta el siguiente día hábil. Además, cada año existen periodos vacacionales y días inhábiles específicos que publica la propia autoridad. Por eso conviene cruzar este calendario con la lista oficial de días inhábiles antes de dar por perdido, o por ganado, un plazo.

El costo de pagar tarde

Presentar o pagar fuera de plazo activa el artículo 21 del Código Fiscal de la Federación: la contribución se actualiza desde el mes en que debió pagarse y hasta que se pague, y sobre el monto actualizado se calculan recargos por mora. Si además el SAT notifica un requerimiento antes de que cumplas, pueden sumarse multas por cada obligación omitida. En cambio, quien corrige de manera espontánea, antes de cualquier requerimiento, en general solo carga con la actualización y los recargos.

Errores comunes al usar un calendario fiscal

  • Confundir el año del ejercicio con el año de presentación: la declaración anual que se presenta en 2026 corresponde al ejercicio 2025.
  • Dar por hecho que los días adicionales del sexto dígito del RFC aplican a todos los contribuyentes; el decreto excluye ciertos supuestos.
  • Tratar la DIOT como una informativa sin riesgo: su omisión también puede sancionarse, y la multa no es menor.
  • Dejar el envío para el último minuto del último día, sin margen para fallas del portal del SAT.
  • Olvidar que las obligaciones laborales, como PTU y aguinaldo, corren por cuerda separada de las fiscales, con sus propias fechas y sanciones.

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si el día 17 cae en sábado, domingo o día inhábil?

El plazo se recorre al siguiente día hábil, conforme al artículo 12 del Código Fiscal de la Federación. Lo mismo ocurre si ese día las oficinas permanecen cerradas durante el horario normal de labores. La prórroga siempre opera hacia adelante, nunca hacia atrás, y conviene verificar el calendario oficial de días inhábiles antes de confiarte.

¿Cuántos días adicionales tengo según el sexto dígito de mi RFC?

El decreto de facilidades administrativas del 26 de diciembre de 2013 otorga días hábiles adicionales al día 17 según el sexto dígito numérico del RFC: 1 y 2, un día; 3 y 4, dos días; 5 y 6, tres días; 7 y 8, cuatro días; 9 y 0, cinco días. No aplica a todos los contribuyentes.

¿Qué pasa si presento mi declaración después de la fecha límite?

Deberás pagar la contribución actualizada más recargos por mora, conforme al artículo 21 del Código Fiscal de la Federación. Si cumples de manera espontánea, antes de que el SAT te requiera, en general no procede multa; si la autoridad ya te notificó un requerimiento, además de los recargos puede imponerte multas por cada obligación omitida.

¿Cuándo vence la declaración anual 2026 del ejercicio 2025?

Las personas morales la presentan dentro de los tres meses siguientes al cierre del ejercicio, es decir, a más tardar el 31 de marzo de 2026, conforme al artículo 76, fracción V, de la Ley del ISR. Las personas físicas la presentan durante abril, con fecha límite el 30 de abril de 2026, conforme al artículo 150 de la misma ley. Si la fecha cae en día inhábil, el plazo se recorre al siguiente día hábil.

¿Puedo pagar en parcialidades si no me alcanza para cubrir el impuesto?

Sí. El Código Fiscal de la Federación permite solicitar autorización para pagar a plazos, en parcialidades o de forma diferida, cumpliendo los requisitos que fija el SAT. Es una autorización, no un derecho automático: genera recargos por prórroga y exige mantenerte al corriente con cada parcialidad para no perder el beneficio.

¿La prórroga por el sexto dígito del RFC aplica a todos los contribuyentes?

No. El propio decreto excluye ciertos supuestos, como los contribuyentes que se ubican en la categoría de grandes contribuyentes o quienes optan por dictaminar sus estados financieros, entre otros casos. Si tributas en un régimen general y presentas pagos mensuales, normalmente sí puedes aprovecharla, pero conviene confirmar tu situación concreta antes de descontar esos días.

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