Preguntas frecuentes sobre temas fiscales, laborales y de amparo en México, con respuestas claras y su fundamento legal, actualizadas a 2026.
Resolvemos las dudas más comunes sobre despidos y liquidaciones, el SAT, el IMSS y los medios de defensa. Para cálculos concretos, usa nuestras calculadoras; para trámites, revisa las guías de defensa.
Laboral
¿Cuánto me corresponde por un despido injustificado?
Como mínimo, 3 meses de salario integrado más la prima de antigüedad (12 días por año, topada a 2 salarios mínimos) y tus partes proporcionales de aguinaldo y vacaciones (arts. 48, 50 y 162 LFT). En ciertos supuestos se suman 20 días de salario por año. Calcúlalo en nuestra calculadora de finiquito y despido.
¿Cuál es la diferencia entre finiquito y liquidación?
El finiquito se paga cuando renuncias o termina tu contrato e incluye solo las partes proporcionales (aguinaldo, vacaciones, prima vacacional). La liquidación se paga en el despido injustificado e incluye, además, la indemnización de 3 meses y la prima de antigüedad.
¿Cuántos días de vacaciones me tocan en 2026?
Con la reforma de "vacaciones dignas" (vigente desde 2023): 12 días el primer año, y aumentan 2 días por año hasta llegar a 20 al quinto año; a partir del sexto, 2 días más por cada 5 años de servicio (art. 76 LFT).
¿Cuánto es el aguinaldo mínimo?
15 días de salario al año, pagaderos antes del 20 de diciembre (art. 87 LFT). Si no trabajaste el año completo, te corresponde la parte proporcional.
¿Qué es la prima de antigüedad y a quién se paga?
Son 12 días de salario por cada año de servicio, con el salario topado a 2 veces el salario mínimo. Se paga en el despido, en la renuncia con 15 años o más de antigüedad, y por muerte del trabajador (art. 162 LFT).
¿Cuál es el salario mínimo en 2026?
$315.04 diarios en la zona general y $440.87 en la Zona Libre de la Frontera Norte, vigentes desde el 1 de enero de 2026. Consulta el histórico de salarios mínimos.
Fiscal
¿Cuánto vale la UMA en 2026?
$117.31 diarios, $3,566.22 mensuales y $42,794.64 anuales, vigente del 1 de febrero de 2026 al 31 de enero de 2027. Durante enero de 2026 aún rigió la UMA de 2025 ($113.14).
¿Para qué sirve el INPC?
El Índice Nacional de Precios al Consumidor mide la inflación y es la base para actualizar contribuciones, deducciones, saldos a favor y multas conforme al artículo 17-A del Código Fiscal de la Federación.
¿En cuánto tiempo prescribe una devolución de saldo a favor?
El derecho a solicitar la devolución prescribe en 5 años (art. 22 CFF). Una vez presentada, la autoridad tiene 40 días para resolver; su negativa o silencio se puede impugnar.
¿Cuáles son los recargos por mora en 2026?
2.07% mensual por mora y 1.38% mensual en caso de prórroga o pago en parcialidades (art. 11 de la Ley de Ingresos 2026 y art. 21 CFF). Se aplican sobre la contribución actualizada por inflación.
¿Cuánto paga el patrón de cuotas al IMSS?
La mayor parte de las cuotas obrero-patronales. En 2026, la cuota patronal de cesantía y vejez es progresiva (de 3.150% a 7.513% según el salario). Estímalas en la calculadora de cuotas IMSS.
Defensa y amparo
¿Qué cambió en el juicio de nulidad con la reforma de 2026?
La reforma a la LFPCA (DOF 9 de junio de 2026) amplió la vía sumaria a 30 veces la UMA anual, dispuso que equivocarse de vía ya no genera desechamiento, fijó un máximo de 6 meses para la sentencia sumaria y facilitó la suspensión. Detalles en las guías de defensa.
¿Cuál es el plazo para promover un amparo indirecto?
15 días hábiles por regla general (art. 17 de la Ley de Amparo), con excepciones: 30 días contra normas autoaplicativas, y en cualquier tiempo cuando el acto afecta la vida o la libertad personal.
¿Cuál es la diferencia entre el recurso de revocación y el juicio de nulidad?
El recurso de revocación se presenta ante el propio SAT y es optativo; el juicio de nulidad se promueve ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA). Ambos tienen un plazo de 30 días hábiles.
¿Qué es la suspensión del acto reclamado?
Es la medida cautelar que paraliza los efectos del acto (un embargo, un cobro, una clausura) mientras el juez resuelve el amparo. Bien planteada, suele ser la parte más valiosa de la defensa (arts. 125-158 de la Ley de Amparo).