Calculadora de finiquito y liquidación por despido injustificado 2026

Calculadora de finiquito y liquidación por despido injustificado 2026

Calcula gratis cuánto te corresponde por finiquito o por liquidación de despido injustificado en México en 2026: indemnización de 3 meses, prima de antigüedad, 20 días por año, aguinaldo y vacaciones proporcionales, conforme a la Ley Federal del Trabajo.

Ingresa tu salario y tus fechas y la calculadora estima cada concepto con los valores vigentes de 2026 (salario mínimo general $315.04 y de la Frontera Norte $440.87). Es una estimación orientativa; el monto final depende del caso concreto.

Tus datos

Revisa los datos: el salario debe ser mayor a cero y la fecha de baja posterior a la de ingreso.

La integración del salario usa las prestaciones mínimas de ley (aguinaldo 15 días y prima vacacional 25%). Si tienes prestaciones superiores, el monto real puede ser mayor.

Estimación

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Cómo se calcula la liquidación por despido injustificado

Cuando un trabajador es despedido sin causa justificada, la Ley Federal del Trabajo (LFT) le da derecho a elegir entre la reinstalación o la indemnización. Si opta por la indemnización, la liquidación se integra con estos conceptos:

  • Indemnización constitucional de 3 meses: 90 días de salario diario integrado (arts. 48 y 50-III LFT). No se le aplica el tope de 2 salarios mínimos.
  • Prima de antigüedad: 12 días de salario por cada año de servicio, con el salario topado a un máximo de 2 veces el salario mínimo (arts. 162, 485 y 486 LFT). En 2026 ese tope es $630.08 diarios en la zona general y $881.74 en la Frontera Norte.
  • 20 días de salario por año: solo procede en los supuestos del art. 50-II LFT (por ejemplo, cuando el patrón queda eximido de reinstalar conforme al art. 49, o en la rescisión imputable al patrón). No es un rubro automático de toda liquidación.
  • Partes proporcionales: aguinaldo (mínimo 15 días al año, art. 87), vacaciones devengadas y prima vacacional del 25% (arts. 76 y 80).
  • Salarios caídos: si demandas y ganas, se pagan desde el despido y hasta por un máximo de 12 meses; si el juicio dura más, se generan intereses sobre 15 meses de salario a razón del 2% mensual (art. 48, segundo párrafo).

Finiquito vs. liquidación

El finiquito se paga cuando renuncias o termina tu contrato: solo incluye las partes proporcionales (y la prima de antigüedad si tienes 15 años o más). La liquidación se paga en el despido injustificado e incluye, además, la indemnización.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto me corresponde por un despido injustificado en 2026?

Como mínimo, 3 meses de salario integrado más la prima de antigüedad (12 días por año, topada a 2 salarios mínimos) y tus partes proporcionales de aguinaldo y vacaciones. Si aplica el art. 50-II, se suman 20 días de salario por año. Usa la calculadora de arriba para estimar tu caso.

¿Los 20 días por año siempre se pagan?

No. Los 20 días por año de servicio (art. 50-II LFT) proceden solo en ciertos supuestos, como cuando el patrón queda eximido de reinstalar (art. 49) o en la rescisión imputable al patrón. Un error común es sumarlos en toda liquidación.

¿Qué es la prima de antigüedad y a quién se paga?

Son 12 días de salario por cada año de servicio, con el salario topado a 2 veces el salario mínimo. Se paga en el despido (justificado o injustificado), en la renuncia con 15 años o más de antigüedad, y por muerte del trabajador (art. 162 LFT).

¿Qué son los salarios caídos y hasta cuánto se pagan?

Son los salarios que dejaste de percibir por el despido. Desde la reforma de 2012 se pagan hasta por un máximo de 12 meses; si el juicio se prolonga, se generan intereses sobre 15 meses de salario al 2% mensual (art. 48 LFT).

¿Sobre qué salario se calcula la indemnización?

Sobre el salario diario integrado, que suma a tu cuota diaria la parte proporcional del aguinaldo, la prima vacacional y demás prestaciones (art. 84 LFT). El tope de 2 salarios mínimos aplica únicamente a la prima de antigüedad.

Aviso importante: Esta calculadora ofrece una estimación orientativa con base en la Ley Federal del Trabajo y los valores vigentes en 2026; no constituye asesoría jurídica ni un cálculo oficial. El monto real depende de tu contrato, tus prestaciones y las particularidades del caso. Para un cálculo formal, consulta con un abogado laboral.