Aguinaldo 2026: cuánto te toca, cuándo se paga, ISR y cómo reclamarlo

Aguinaldo 2026: cuánto te toca, cuándo se paga, ISR y cómo reclamarlo

Aguinaldo 2026: cuánto te toca, cuándo deben pagártelo, cuánto ISR te retienen y qué hacer si tu patrón no lo paga — con calculadoras gratis y su fundamento en la Ley Federal del Trabajo.

El aguinaldo es un derecho irrenunciable de todo trabajador: mínimo 15 días de salario, pagaderos antes del 20 de diciembre (art. 87 LFT). Si trabajaste solo parte del año, te toca la parte proporcional. Aquí está todo lo que necesitas para calcularlo, revisar tu recibo y defenderlo.

Especial actualizado a 2026 · valores oficiales del año.

Mínimo de ley
15 días
de salario · art. 87 LFT
Fecha límite de pago
19 dic
antes del 20 de diciembre
Exento de ISR
$3,519.30
30 días de UMA · art. 93-XIV LISR
Plazo para reclamarlo
1 año
prescripción · art. 516 LFT

¿Cuánto aguinaldo me toca en 2026?

La fórmula es simple: salario diario × días de aguinaldo (mínimo 15; tu contrato o contrato colectivo puede dar más). Si no trabajaste el año completo, se paga proporcional a los días laborados:

Ejemplo año completo: salario de $12,000 al mes → diario $400 → aguinaldo mínimo = 15 × $400 = $6,000.
Ejemplo proporcional: entraste el 1 de julio de 2026 (≈184 días trabajados al 31-dic) → $400 × 15 × (184/365) = $3,024.66.

El aguinaldo se calcula sobre tu salario ordinario (cuota diaria); si tu salario es variable, se usa el promedio. Calcula tu caso exacto:

¿Cuánto ISR le quitan a mi aguinaldo?

El aguinaldo es ingreso gravable, pero está exento hasta 30 días de UMA: en diciembre de 2026 eso es $3,519.30 (30 × $117.31, art. 93, fracción XIV de la Ley del ISR). Solo el excedente paga impuesto.

Ejemplo: aguinaldo de $6,000 → exentos $3,519.30 → solo $2,480.70 se suman a tu base gravable del mes. Por eso la retención suele ser mucho menor de lo que parece.

Si te retuvieron de más, la diferencia se ajusta en tu declaración anual (abril 2027) y puede generarte saldo a favor.

¿Qué hago si no me pagan el aguinaldo?

  • Reúne pruebas: recibos de nómina, contrato, estados de cuenta y cualquier constancia de la relación laboral.
  • Reclama por escrito al patrón o a recursos humanos; muchas veces se resuelve ahí.
  • Acude a la PROFEDET (asesoría gratuita del gobierno) o con un abogado laboral para conciliar o demandar.
  • No dejes pasar el año: la acción para reclamar el aguinaldo prescribe en 1 año (art. 516 LFT).
  • El patrón que no paga se expone a multas de la autoridad laboral (50 a 5,000 UMA, art. 1002 LFT), además de deberte el pago.

Para patrones: cumple sin sustos

  • Paga antes del 20 de diciembre de 2026; el pago en especie o "en abonos" no libera la obligación.
  • Incluye a todos los trabajadores: eventuales, de confianza y quienes ya no laboran (proporcional en su finiquito).
  • Retén el ISR solo sobre el excedente de $3,519.30 y refleja el cálculo en el CFDI de nómina.
  • Presupuesta las cuotas y la prima del cierre de año con nuestra calculadora de cuotas IMSS.

Preguntas frecuentes del aguinaldo 2026

¿Cuándo se paga el aguinaldo 2026?

Antes del 20 de diciembre de 2026 (art. 87 LFT). El pago posterior, en abonos o en especie no cumple la ley.

¿Cuánto es el aguinaldo mínimo?

15 días de salario por año completo trabajado. Si trabajaste una parte del año, te toca la proporción de esos 15 días por los días laborados.

¿El aguinaldo paga ISR en 2026?

Solo el excedente de 30 días de UMA: $3,519.30. Un aguinaldo menor o igual a esa cantidad no paga ISR.

¿Me toca aguinaldo si renuncié o me despidieron?

Sí: la parte proporcional por los días trabajados del año debe ir en tu finiquito o liquidación, sin importar el motivo de la salida.

¿Cuánto tiempo tengo para reclamar un aguinaldo no pagado?

Un año contado desde que fue exigible (art. 516 LFT). Después, la acción prescribe.

Aviso importante: Este especial es material educativo general basado en la Ley Federal del Trabajo y la Ley del ISR vigentes en 2026; no constituye asesoría jurídica. Montos y retenciones exactos dependen de tu salario, prestaciones y situación fiscal: verifica tu caso con un profesional.