Saltar al contenido
Kit de Plantillas TFJA · 220 demandas de nulidad listas para editar · 220 demandas listas Ver el Kit
Academia de Amparoy Derecho (ADAYD IA, S. DE R. L. DE C. V.)

Fiscal · TFJA · · actualizado el 27 de julio de 2026

TFJA anula al SAT: devolución de ISR por CFDI ajenos

TFJA anula al SAT: devolución de ISR por CFDI ajenos
Devolución ISR por CFDI Ajenos: TFJA Anula al SAT
Devolución ISR por CFDI Ajenos: TFJA Anula al SAT

La devolución de ISR por CFDI ajenos es uno de los frentes más recurrentes entre contribuyentes y el Servicio de Administración Tributaria (SAT). En un caso reciente, el Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) anuló la resolución con la que la autoridad negó un saldo a favor porque la contribuyente aparecía vinculada a veinticuatro comprobantes fiscales digitales por internet emitidos por una empresa con la que aseguró nunca haber tenido relación laboral. El fallo es una lectura obligada para todo postulante en materia fiscal, porque muestra cómo se combate una negativa de devolución construida sobre información que el propio contribuyente no generó.

Qué ocurrió: una devolución negada por comprobantes ajenos

Una contribuyente solicitó la devolución de su saldo a favor del impuesto sobre la renta (ISR) correspondiente al ejercicio 2023. La autoridad hacendaria le negó ese saldo apoyándose en veinticuatro comprobantes fiscales digitales por internet (CFDI) que aparecían emitidos por una empresa con la que la solicitante afirma nunca haber tenido vínculo laboral alguno.

El SAT, en la práctica, presume que la información contenida en los CFDI que aparecen a nombre del contribuyente refleja su realidad económica. Cuando existen comprobantes que la persona ni reconoce ni recibió, ese material distorsiona el cálculo del saldo a favor y sirve de base para negar la devolución. Frente a esa negativa, la contribuyente acudió al TFJA, que le dio la razón y anuló la resolución impugnada, marcando un precedente relevante para quienes litigan devoluciones ante la autoridad fiscal.

El punto central no fue discutir el monto del saldo, sino desarticular la base misma de la negativa: comprobantes ajenos que la autoridad tomó como propios de la contribuyente.

La figura jurídica: los CFDI ajenos y la carga de la prueba en la devolución

Para entender el fallo conviene distinguir dos planos que suelen confundirse. El primero es el de la solicitud de devolución, en la que el contribuyente pide que se le reintegre un saldo a favor. El segundo es el del valor probatorio del CFDI, es decir, qué tanto puede la autoridad apoyarse en un comprobante para tener por acreditados o desvirtuados ingresos, deducciones o retenciones.

Por qué los CFDI ajenos vician la negativa

Un CFDI es un documento que da fe de una operación entre quien lo emite y quien lo recibe. Cuando la autoridad afirma que existen comprobantes emitidos por un tercero con el que la contribuyente niega toda relación, se abre una cuestión elemental: esos documentos no pueden servir, por sí solos, para negar un derecho a la persona a quien se atribuyen sin su participación.

Aquí opera un principio básico del derecho administrativo: todo acto de autoridad debe estar debidamente fundado y motivado, y descansar en hechos ciertos. Cuando la motivación de la negativa se construye sobre comprobantes que el contribuyente desconoce y que provienen de un emisor con el que no tuvo trato, la premisa fáctica del acto se vuelve endeble. El TFJA, al anular la resolución, atendió justamente a esa debilidad: la autoridad no puede trasladar sin más al contribuyente las consecuencias de comprobantes que no generó.

Qué resolvió el TFJA en el caso concreto

El Tribunal Federal de Justicia Administrativa resolvió a favor de la contribuyente y declaró la nulidad total de la resolución que le negó la devolución del saldo a favor de ISR del ejercicio 2023, sustentada en veinticuatro CFDI atribuidos a la solicitante y provenientes de una empresa con la que ella sostuvo no haber tenido relación laboral.

El sentido del fallo es contundente: si la negativa se apoya en comprobantes ajenos —no reconocidos ni recibidos por la contribuyente—, la resolución carece de sustento válido y debe anularse. La autoridad no puede escudarse en la simple existencia de un CFDI a nombre de la persona para negar un derecho, cuando el propio contribuyente controvierte de raíz esa relación.

La nulidad total significa que la resolución negativa deja de producir efectos y la autoridad debe reencauzar su actuación sin apoyarse en los comprobantes desvirtuados.

Qué significa para el postulante: aplicación práctica

Para el postulante que asesora a contribuyentes, este criterio ofrece una ruta de defensa cuando una devolución se niega por comprobantes que el cliente no reconoce. Algunas líneas de trabajo que se desprenden del caso son:

  • Identificar el origen de la negativa. Antes de armar la impugnación conviene precisar en qué comprobantes se apoya la autoridad y quién los emitió. Si el emisor es una persona con la que el contribuyente no tuvo relación, ese es el eje de la defensa.
  • Negar de forma clara y consistente la relación. La contribuyente del caso sostuvo desde el inicio que nunca tuvo vínculo laboral con la empresa emisora. Esa negativa, cuando es congruente, obliga a la autoridad a acreditar lo contrario y no al revés.
  • Atacar la fundamentación y motivación del acto. Si la negativa descansa en comprobantes ajenos, la motivación resulta insuficiente porque parte de un hecho que el contribuyente controvierte.
  • Aprovechar la amplitud del juicio contencioso. El juicio ante el TFJA permite examinar a fondo la legalidad de la resolución y aportar pruebas que desvirtúen la base de la negativa.

El mensaje de fondo es que la aparición de un CFDI a nombre del contribuyente no equivale, sin más, a la existencia real de la operación.

Errores comunes a evitar

En la defensa de devoluciones negadas por CFDI ajenos suelen repetirse estos tropiezos:

  • Asumir que el CFDI es prueba plena e incontrovertible. El comprobante da fe de una operación, pero no impide demostrar que el contribuyente no participó en ella.
  • No cuestionar la relación con el emisor. Si no se controvierte el vínculo con la empresa emisora, se le concede a la autoridad la premisa que sostiene la negativa.
  • Limitarse a discutir el monto. El caso demuestra que atacar la base fáctica y la motivación de la negativa puede ser más eficaz que pelear cifras.

Preguntas frecuentes

¿Qué es un CFDI ajeno para efectos de una devolución?

Es un comprobante fiscal digital por internet que aparece a nombre o vinculado al contribuyente, pero que este no reconoce, no recibió y que proviene de un emisor con el que niega haber tenido relación. Cuando la autoridad usa esos comprobantes para negar un saldo a favor, el contribuyente puede controvertir tanto la operación como la validez de la negativa.

¿Puede el SAT negar una devolución solo por la existencia de esos comprobantes?

El caso que comentamos muestra que no basta la mera existencia de los CFDI para negar el derecho. Si el contribuyente desconoce la relación que los originó, la autoridad no puede sostener su negativa únicamente en ellos, y una resolución construida así es susceptible de anularse ante el TFJA.

¿Litigas ante el TFJA? El Kit de Plantillas reúne 220 demandas de nulidad listas para rellenar, por $870.

Conclusión

El precedente confirma una idea que todo postulante fiscal debe tener presente: la información contenida en los CFDI no es un dato inatacable. En el caso analizado, el Tribunal Federal de Justicia Administrativa dio la razón a la contribuyente frente a veinticuatro CFDI ajenos y decretó la nulidad total de la negativa de su saldo a favor de ISR de 2023. La lección es clara: frente a una devolución negada por comprobantes ajenos, la defensa debe atacar la raíz del acto —su fundamentación y motivación— y no conformarse con discutir cifras.

💬 Únete a nuestro grupo de WhatsApp de Academia de Amparo para recibir análisis como este todos los días.

🌐 Visita academiadeamparo.com para más sentencias, tesis y formación jurídica.

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si el SAT me niega la devolución de ISR por facturas de una empresa con la que nunca trabajé?

Puedes impugnar esa negativa argumentando que los comprobantes son ajenos y que no reflejan una operación real en la que participaste. Como muestra este caso, si niegas de forma clara y consistente esa relación, la autoridad debe demostrar lo contrario y no simplemente asumir que el CFDI a tu nombre basta para negarte el derecho.

¿Un CFDI a mi nombre es prueba definitiva de que yo tuve esa relación laboral o esa operación?

No. El comprobante da fe de una operación entre quien lo emite y quien lo recibe, pero eso no impide que la persona a la que se le atribuye demuestre que nunca participó en ella. Asumir que el CFDI es prueba incontrovertible es uno de los errores más comunes al defenderse.

¿Qué debo hacer si me niegan una devolución de saldo a favor por comprobantes que no reconozco?

Identifica primero en qué comprobantes se apoya la autoridad y quién los emitió, y desde el inicio niega de forma clara y consistente cualquier vínculo con ese emisor. Después, en el juicio correspondiente, puedes atacar la fundamentación y motivación del acto, pues si la negativa se basa en hechos que tú controviertes, la resolución carece de sustento sólido.

¿Sirve de algo acudir al Tribunal Federal de Justicia Administrativa si el SAT ya negó mi devolución?

Sí, el juicio ante el Tribunal permite examinar a fondo la legalidad de la resolución y aportar pruebas que desvirtúen la base de la negativa. En el caso descrito, el Tribunal anuló totalmente la resolución porque encontró que la negativa se apoyaba en comprobantes que la contribuyente no generó ni reconoció.

Sígueme

Kit de Plantillas TFJA

220 demandas de nulidad listas para rellenar, en 15 materias, construidas del análisis de 40 712 sentencias reales del Tribunal. En Word editable, con factura.

Ver el Kit — $870

Este sitio usa cookies propias y de terceros para medir el tráfico y mejorar el contenido. Puedes aceptarlas o seguir sólo con las necesarias. Política de cookies