2026-03-12T00:02:03.000Z

Una empresa fue multada con casi 60 millones de pesos por la autoridad fiscal (SAT) por incumplir la Ley contra el lavado de dinero. La empresa recurrió, pero confirmaron la multa. Llevó el caso al Tribunal Federal de Justicia Administrativa, alegando que: 1) la notificación de la multa fue en día inhábil (vacaciones del SAT) y 2) el documento no tenía firma autógrafa (solo sello). El Tribunal le dio la razón: la notificación en vacaciones fue ilegal y el documento sin firma no tiene validez jurídica. Resultado: ANULAN TODO (multa y resolución del recurso). La autoridad NO puede volver a cobrar porque fue nulidad absoluta. Moraleja: las autoridades deben respetar las formas legales (días hábiles, firmas reales) o pierden el caso.
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