
¿Comprar aguacates en el árbol te convierte en cosechador?
Una comercializadora de aguacate pidió la devolución de su saldo a favor del ISR por más de $**, pero el SAT le negó una parte importante argumentando algo sorprendente: "Si compras el aguacate cuando todavía está en el árbol, entonces el servicio de corte es PARTE DE TU ACTIVIDAD y no puedes subcontratarlo".
✅ Lo que el Tribunal Federal decidió:
El SAT no fundamentó correctamente su competencia
Se excedió del plazo legal de 40 días para devolver, por lo que DEBE PAGAR INTERESES
Declaró nulidad para efectos: la autoridad debe volver a resolver motivando correctamente
✅ El debate central: ¿El "corte de aguacate" forma parte de la actividad de "comercialización" o es un servicio especializado deducible?
✅ La trampa fiscal: Aunque la empresa contrató proveedores con registro REPSE (legal), el SAT argumentó que como sus ingenieros visitan los huertos para verificar calidad, entonces el corte "está inmerso en su proceso productivo".
✅ La lección: La línea entre lo que es tu actividad preponderante y lo que puedes subcontratar es MÁS DELGADA de lo que crees.
Expediente: 9789/25-17-08-4
Fecha: 7 de enero de 2026
Esta sentencia redefine los límites de la subcontratación en agronegocios. Si tu empresa realiza visitas de supervisión, ¿ya estás "ejecutando" esa actividad?
#DerechoFiscal #ISR #Subcontratación #SAT #AguacateMexicano #REPSE #TribunalFiscal #DerechoTributario #Agronegocios #ExportaciónAguacate #DeduccionesFiscales #CódigoFiscal #EmpresasAgrícolas #DevolucionesISR #LegalDesign
Una comercializadora de aguacate pidió la devolución de su saldo a favor del ISR por más de $**, pero el SAT le negó una parte importante argumentando algo sorprendente: "Si compras el aguacate cuando todavía está en el árbol, entonces el servicio de corte es PARTE DE TU ACTIVIDAD y no puedes subcontratarlo".
✅ Lo que el Tribunal Federal decidió:
El SAT no fundamentó correctamente su competencia
Se excedió del plazo legal de 40 días para devolver, por lo que DEBE PAGAR INTERESES
Declaró nulidad para efectos: la autoridad debe volver a resolver motivando correctamente
✅ El debate central: ¿El "corte de aguacate" forma parte de la actividad de "comercialización" o es un servicio especializado deducible?
✅ La trampa fiscal: Aunque la empresa contrató proveedores con registro REPSE (legal), el SAT argumentó que como sus ingenieros visitan los huertos para verificar calidad, entonces el corte "está inmerso en su proceso productivo".
✅ La lección: La línea entre lo que es tu actividad preponderante y lo que puedes subcontratar es MÁS DELGADA de lo que crees.
Expediente: 9789/25-17-08-4
Fecha: 7 de enero de 2026
Esta sentencia redefine los límites de la subcontratación en agronegocios. Si tu empresa realiza visitas de supervisión, ¿ya estás "ejecutando" esa actividad?
#DerechoFiscal #ISR #Subcontratación #SAT #AguacateMexicano #REPSE #TribunalFiscal #DerechoTributario #Agronegocios #ExportaciónAguacate #DeduccionesFiscales #CódigoFiscal #EmpresasAgrícolas #DevolucionesISR #LegalDesign