
¿El SAT te puede negar la devolución de ISR solo porque el dinero viene de un seguro de vida de tu hermano?
Un contribuyente recibió $1.45 millones como beneficiario de la póliza de su hermano fallecido. Pidió devolución de $291,173 de saldo a favor del 2021. El SAT lo clasificó como “otros ingresos” gravables (art. 142 fr. XVI LISR) y exigió procedimiento formal de sucesión legítima.
La Sala Regional en Yucatán dijo que NO. Los ingresos por seguro de vida recibidos por designación de beneficiario son **equiparables a legado** y están exentos según el artículo 93, fracción XXII y 150 tercer párrafo de la LISR, en relación con el 261 fr. II inciso a) del Reglamento.
La autoridad no analizó correctamente el argumento del contribuyente y violó el art. 38 fr. IV del CFF.
**Victoria total para el contribuyente.**
Expediente: 1489/25-16-01-6
Sala Regional en Yucatán - TFJA (27 febrero 2026)
#ISR #SeguroDeVida #ExencionFiscal #TFJA #DerechoFiscal #SAT #Legado #Impuestos
(798 caracteres)
Un contribuyente recibió $1.45 millones como beneficiario de la póliza de su hermano fallecido. Pidió devolución de $291,173 de saldo a favor del 2021. El SAT lo clasificó como “otros ingresos” gravables (art. 142 fr. XVI LISR) y exigió procedimiento formal de sucesión legítima.
La Sala Regional en Yucatán dijo que NO. Los ingresos por seguro de vida recibidos por designación de beneficiario son **equiparables a legado** y están exentos según el artículo 93, fracción XXII y 150 tercer párrafo de la LISR, en relación con el 261 fr. II inciso a) del Reglamento.
La autoridad no analizó correctamente el argumento del contribuyente y violó el art. 38 fr. IV del CFF.
**Victoria total para el contribuyente.**
Expediente: 1489/25-16-01-6
Sala Regional en Yucatán - TFJA (27 febrero 2026)
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