
¿Te han inmovilizado las cuentas y el SAT te dice que “ni te molestes en demandar”?
Pues un contribuyente en Sinaloa no se quedó con eso y llevó el caso al TFJA… y ganó la batalla procesal.
La Segunda Sala Regional declaró infundada la causal de improcedencia del SAT que argumentaba que el oficio de inmovilización “no era resolución definitiva”. Analizaron los artículos 2, 8 y 9 de la LFPCA y el artículo 3 de la Ley Orgánica del TFJA, y concluyeron que cuando el acto causa un agravio concreto al patrimonio, SÍ es impugnable.
Aquí el punto clave: aunque sean créditos fiscales que tú mismo declaraste, la inmovilización de cuentas genera un daño inmediato que puede combatirse ante el Tribunal.
Si estás pasando por esto, no te quedes callado. Existe una vía legal.
Expediente: 3201/25-03-02-1
Segunda Sala Regional en Sinaloa
#TFJA #SAT #CongelamientoCuentas #DerechoFiscal #Contribuyente #LFPCA #JuicioFiscal #Defiendete
(792 caracteres)
Pues un contribuyente en Sinaloa no se quedó con eso y llevó el caso al TFJA… y ganó la batalla procesal.
La Segunda Sala Regional declaró infundada la causal de improcedencia del SAT que argumentaba que el oficio de inmovilización “no era resolución definitiva”. Analizaron los artículos 2, 8 y 9 de la LFPCA y el artículo 3 de la Ley Orgánica del TFJA, y concluyeron que cuando el acto causa un agravio concreto al patrimonio, SÍ es impugnable.
Aquí el punto clave: aunque sean créditos fiscales que tú mismo declaraste, la inmovilización de cuentas genera un daño inmediato que puede combatirse ante el Tribunal.
Si estás pasando por esto, no te quedes callado. Existe una vía legal.
Expediente: 3201/25-03-02-1
Segunda Sala Regional en Sinaloa
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