Fiscal · TFJA · · actualizado el 27 de julio de 2026
Avalúo fiscal notificado 3 años después es nulo: TFJA

¿Qué es un avalúo fiscal y por qué tiene fecha de caducidad?
Un avalúo fiscal es el dictamen técnico que fija el valor comercial de un bien embargado por la autoridad hacendaria, como el SAT. Ese valor sirve de referencia para rematar o adjudicar el bien cuando existe un adeudo pendiente.
Por su naturaleza, ese valor no puede quedar fijo para siempre: los precios de mercado cambian con el tiempo y un dictamen elaborado hace años deja de reflejar la realidad del bien. Por eso la ley limita su vigencia a un año desde que se emite.
Cuando la autoridad notifica un avalúo después de que venció ese plazo, el acto pierde su sustento técnico y legal. Por eso el tribunal puede declararlo nulo, aun si el procedimiento de embargo en sí mismo continúa.
Qué significa esto en la práctica para la persona embargada
Si a una persona le embargan bienes y le notifican uno o varios avalúos, conviene revisar dos fechas distintas: la fecha en que se emitió el dictamen y la fecha en que se le notificó. Ese margen de tiempo puede ser justamente lo que invalide el avalúo.
También es importante entender que inconformarse con un avalúo no basta con decir que el valor "está mal" o "es muy bajo". Para que un tribunal se aparte del valor fijado por el perito de la autoridad, generalmente es necesario ofrecer un perito propio que sustente una cifra distinta.
Sin ese peritaje propio, el tribunal se queda sin elementos de comparación y suele confirmar el avalúo de la autoridad, sin importar que la persona afectada insista en que el valor no corresponde a la realidad del bien.
Errores comunes a evitar
- Confundir la fecha de notificación del avalúo con su fecha real de emisión, y por eso no detectar que ya venció.
- Impugnar el avalúo solo con argumentos generales, sin ofrecer un perito propio que respalde un valor distinto.
- Dejar pasar el plazo para inconformarse, en espera de que la autoridad revise el caso por su cuenta.
- Suponer que la nulidad de un avalúo cancela todo el embargo, cuando puede tratarse de una victoria parcial, como ocurrió en este caso.
Ante un embargo con más de un avalúo notificado, conviene que la persona afectada busque asesoría de un postulante con experiencia en materia fiscal antes de que venzan los plazos para impugnar cada uno.
Preguntas frecuentes
¿Qué es un avalúo fiscal?
Es el dictamen que determina el valor comercial de un bien embargado por la autoridad fiscal. Se usa como referencia para rematarlo o adjudicarlo cuando existe una deuda pendiente. Debe reflejar el valor real del bien al momento en que se aplica.
¿Por qué se declaró nulo el primer avalúo en este caso?
Porque se notificó casi tres años después de haberse emitido, cuando la ley establece que un avalúo solo tiene vigencia de un año desde su emisión. Al haberse notificado fuera de ese plazo, el TFJA determinó que ya no tenía validez legal.
¿Por qué el segundo avalúo sí se consideró válido?
Porque la persona afectada no presentó un perito propio para contradecirlo. Sin un dictamen alterno, el tribunal no tuvo elementos para apartarse del valor fijado por la autoridad, así que confirmó su validez. Esto muestra que no basta con inconformarse: se necesita ofrecer prueba técnica en contra del valor cuestionado.
¿Qué gana realmente el contribuyente con esta resolución?
Una victoria parcial: se anula el primer avalúo por haber perdido vigencia, pero se mantiene el segundo. Esto no cancela el embargo por completo, pero sí obliga a la autoridad a partir del avalúo vigente y correcto para continuar el procedimiento.
¿Qué debo hacer si me notifican un avalúo dentro de un embargo?
Revisar de inmediato la fecha en que se emitió el avalúo, no solo la fecha en que se le notificó a usted, y valorar si conviene ofrecer un perito propio para impugnarlo dentro del plazo legal. Buscar asesoría de un postulante especializado ayuda a no dejar pasar estos detalles.