
Si la autoridad te congela la cuenta, no basta con decir “sí existe el crédito”. Tiene que probarlo. ⚠️
En este asunto, una pensionada demandó porque le inmovilizaron cuentas bancarias por $11,528.00, incluida donde recibe su pensión. Ella dijo que no conocía las resoluciones que originaron los créditos fiscales. El punto clave fue el artículo 16, fracción II, de la LFPCA: cuando el contribuyente niega conocer la resolución, la autoridad debe exhibirla junto con su notificación al contestar la demanda.
¿El problema para la autoridad? No mostró esos documentos. Y eso impide que el contribuyente amplíe su demanda y se defienda correctamente, en línea con el artículo 17, fracción III, y con los artículos 14 y 16 constitucionales.
Expediente 1682/25-03-02-1, fecha None, Segunda Sala Regional en Sinaloa.
#TFJA #DerechoFiscal #DefensaFiscal #LFPCA #CuentasBancarias #Pension #DebidoProceso #SeguridadJuridica
En este asunto, una pensionada demandó porque le inmovilizaron cuentas bancarias por $11,528.00, incluida donde recibe su pensión. Ella dijo que no conocía las resoluciones que originaron los créditos fiscales. El punto clave fue el artículo 16, fracción II, de la LFPCA: cuando el contribuyente niega conocer la resolución, la autoridad debe exhibirla junto con su notificación al contestar la demanda.
¿El problema para la autoridad? No mostró esos documentos. Y eso impide que el contribuyente amplíe su demanda y se defienda correctamente, en línea con el artículo 17, fracción III, y con los artículos 14 y 16 constitucionales.
Expediente 1682/25-03-02-1, fecha None, Segunda Sala Regional en Sinaloa.
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