2026-04-23T01:03:11.000Z

Ojo con esto: que la autoridad diga “ya lo consentiste” no significa que tenga razón. 🔥
En este asunto, un contribuyente en Sinaloa peleó un requerimiento de pago y embargo y también varios créditos fiscales que aseguró no conocer. La autoridad quiso tumbar el juicio diciendo que esos créditos estaban consentidos por no haberse impugnado en tiempo.
¿La clave? El artículo 16, fracción II, de la LFPCA. Si el contribuyente dice que no conoce la resolución, la autoridad tiene que enseñar el crédito y la constancia de notificación. Sin eso, no puede sostener tan fácil que hubo consentimiento conforme al artículo 8, fracción IV.
El TFJA revisó primero la procedencia y luego el valor de las documentales certificadas exhibidas por la autoridad.
Expediente 3343/25-03-02-1, fecha None, Segunda Sala Regional en Sinaloa.
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