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Academia de Amparoy Derecho

Fiscal · TFJA · · actualizado el 27 de julio de 2026

55,000 pesos en multas anuladas por artículo faltante

55,000 pesos en multas anuladas por artículo faltante
¿Te multaron por $55,000 pesos y la autoridad olvidó un artículo?
Un contribuyente en Querétaro recibió tres multas por más de $55,000 pesos por no presentar sus declaraciones de ISR e IVA de enero 2024. La Secretaría de Finanzas del Estado confirmó las multas en recurso de revisión. ¿El resultado? Victoria total del ciudadano.
✅ El Tribunal Federal declaró NULIDAD LISA Y LLANA porque la autoridad no fundamentó correctamente su competencia para multar.
✅ El error técnico: La Jefa del Departamento citó varias fracciones del Reglamento Interior, pero omitió la fracción XI del artículo 28, que es la que específicamente le da facultad para imponer multas fiscales.
✅ La lección: La garantía de fundamentación del artículo 16 Constitucional exige que la autoridad cite con exactitud y precisión todas las normas que la facultan para actuar. Si falta aunque sea una fracción clave, el acto es nulo.
✅ El impacto: Cuando la autoridad no fundamenta debidamente su competencia, el particular queda en estado de indefensión. Por eso la sentencia cancela totalmente las multas.
La justicia administrativa protege: un error en la fundamentación puede cambiar todo el resultado.
Expediente 434/25-09-01-6-ST | Sentencia del 21 de noviembre de 2025
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¿Qué significa "fundamentar la competencia"?

Toda autoridad que impone una sanción debe demostrar, con el texto exacto de la norma, que tiene facultad legal para hacerlo. No basta con mencionar la ley o el reglamento en términos generales.

El artículo 16 Constitucional exige precisión: el funcionario debe citar el ordenamiento, el artículo y, cuando exista, la fracción específica que le otorga esa atribución. Omitir un solo dato de esa cadena puede viciar todo el acto, sin importar si el contribuyente realmente incumplió.

Fundamentar el acto no es lo mismo que fundamentar la competencia

Un oficio de multa puede explicar perfectamente por qué se sancionó (la declaración no presentada, el periodo, el monto) y aun así ser nulo si no prueba que quien firma tenía autorización legal para firmarlo. Son dos fundamentaciones distintas y ambas son obligatorias.

Qué significa una "nulidad lisa y llana" para quien recibió la multa

Es la forma más completa de anulación: la resolución impugnada deja de existir en su totalidad. No se trata de un ajuste de monto ni de una corrección de forma menor, sino de eliminar el acto sancionador tal como fue emitido.

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Para la persona afectada esto representa el efecto práctico más favorable posible dentro de un juicio contencioso administrativo: deja de existir la obligación de pago derivada de esa resolución específica.

Aplicación práctica: qué hacer ante una multa fiscal similar

  • Solicitar y conservar copia completa del oficio de multa y de la resolución del recurso de revisión.
  • Verificar que el documento cite el artículo y la fracción exactos del reglamento interior que facultan al puesto de quien firma, no solo el nombre de la dependencia.
  • Comparar el cargo de quien firma (por ejemplo, jefe de departamento) contra el catálogo de facultades del reglamento correspondiente.
  • Buscar asesoría profesional antes de pagar, ya que el pago voluntario puede interpretarse como aceptación del acto.
  • Presentar el medio de defensa procedente dentro del plazo legal, sin esperar a agotar otras gestiones administrativas.

Errores comunes que debilitan una defensa

  • Dar por hecho que citar la ley en general es suficiente, sin revisar si existe una fracción específica que se debió invocar.
  • Confundir la nulidad lisa y llana con la nulidad para efectos, que obliga a la autoridad a subsanar y emitir un nuevo acto.
  • Pagar la multa de inmediato para "evitar problemas" antes de revisar si el acto está debidamente fundado.
  • Dejar vencer el plazo para impugnar por creer que el error de fundamentación se puede alegar en cualquier momento.
  • No conservar los acuses de notificación, que son la prueba de cuándo empezó a correr el plazo para defenderse.

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