El Vigésimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito estableció un criterio importante en la Queja 114/2025.
🔍 El caso:
Una usuaria solicitó la eliminación de publicaciones con datos personales y aseveraciones falsas en su contra. Facebook negó la solicitud. La afectada promovió amparo, pero fue desechado.
⚖️ El criterio:
La negativa de Meta Platforms de eliminar contenido NO constituye acto de autoridad para efectos del amparo porque:
✗ Opera mediante contrato privado (no norma general)
✗ No ejerce función pública delegada
✗ El Estado mantiene postura neutral
✗ No crea situaciones jurídicas de forma unilateral obligatoria
📋 Test de dos pasos no superado:
1️⃣ Nexo: No existe norma general que otorgue potestad estatal
2️⃣ Función pública: No reviste interés público diferenciado
💡 Alternativas de defensa:
Juicio civil por daño moral
Procedimiento de protección de datos personales
Derecho de réplica (Art. 6° Constitucional)
Mecanismos internos de denuncia de la plataforma
📚 Tesis I.20o.A.1 A (12a.) | Registro digital: 2031537
Publicada el 5 de diciembre de 2025 en el Semanario Judicial de la Federación.
🔗 Consulta aquí: https://sjfsemanal.scjn.gob.mx/detalle/tesis/2031537
Nota: Esta tesis aborda temas objeto de la contradicción de criterios 203/2025, pendiente de resolverse por el Pleno de la SCJN.
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