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Academia de Amparoy Derecho

Fiscal · TFJA · · actualizado el 27 de julio de 2026

Litis abierta TFJA: postulantes pueden ampliar argumentos

Litis abierta TFJA: postulantes pueden ampliar argumentos
Litis abierta TFJA: postulantes pueden ampliar argumentos
¿Perdiste el recurso de revocación y crees que ya no puedes hacer nada?
¡Error! El TFJA aplica el **principio de litis abierta**.
En el expediente 914/24-29-01-1, un liquidador impugnó un crédito fiscal de **$2,853,524.38** (ISR + IETU ejercicio 2012) confirmado por el Procurador Fiscal del Edomex en 2023.
La Sala Regional en el Estado de México II y Auxiliar explicó que conforme a los **artículos 1° y 50 de la LFPCA**, al demandar la resolución del recurso se impugna también la resolución original, permitiendo presentar **conceptos de impugnación nuevos** que no se alegaron en vía administrativa.
Esto garantiza una defensa material y no solo formal. El Tribunal puede revisar todo el acto que sigue afectando al contribuyente.
**Lección de la mañana**: El recurso de revocación no es tu última bala. El juicio contencioso es donde realmente puedes abrir la discusión.
**Expediente: 914/24-29-01-1**
Sala Regional Estado de México II y Auxiliar
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¿Qué significa la litis abierta?

La litis abierta es un principio procesal que amplía el objeto del juicio contencioso administrativo. En lugar de limitarse a revisar únicamente la resolución que confirmó el recurso de revocación, el Tribunal también puede analizar el acto administrativo original que dio origen a todo el conflicto.

Esto significa que la "litis" —es decir, la materia de discusión del juicio— no queda cerrada por lo que se alegó ante la autoridad administrativa. Se "abre" para admitir argumentos adicionales que el postulante no planteó en esa etapa previa.

Aplicación práctica para la persona afectada

Para quien recibió un crédito fiscal y agotó sin éxito el recurso de revocación, la consecuencia práctica es que el juicio ante el TFJA no es una simple repetición de lo ya dicho. Es una oportunidad real de presentar conceptos de impugnación distintos o adicionales.

Esto cobra relevancia cuando, durante el recurso administrativo, el contribuyente no contó con asesoría adecuada o no advirtió ciertos vicios del procedimiento de fiscalización. La vía contenciosa permite corregir esa desventaja.

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En términos prácticos, conviene reunir y conservar todo el expediente del procedimiento de origen —requerimientos, actas, notificaciones, oficios de la autoridad fiscalizadora— porque el Tribunal puede revisar ese acto original completo, no solo la resolución del recurso.

Errores comunes a evitar

  • Asumir que perder el recurso de revocación agota toda posibilidad de defensa, cuando en realidad el juicio contencioso puede ser la instancia decisiva.
  • Dejar correr el plazo legal para demandar ante el TFJA por creer, equivocadamente, que "ya no hay nada que hacer".
  • Limitar la demanda a rebatir solo la resolución del recurso, sin revisar si el acto administrativo original también tiene vicios impugnables.
  • Repetir textualmente los mismos argumentos del recurso de revocación en lugar de aprovechar la litis abierta para desarrollar conceptos de impugnación nuevos.
  • Acudir al juicio contencioso sin acompañamiento de un profesional del derecho fiscal, dado que identificar los argumentos idóneos exige analizar a fondo el expediente administrativo.

Un punto clave a recordar

La litis abierta no elimina la necesidad de actuar con orden y dentro de los plazos legales. Amplía las posibilidades de defensa, pero quien enfrenta un crédito fiscal debe acercarse con tiempo suficiente a un postulante para construir la estrategia antes de que venza el plazo para demandar.

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