
⚖️ REFORMA JUDICIAL 2026
El 16 de abril de 2026, legisladores de MORENA en la LXVI Legislatura —Alfonso Ramírez Cuéllar, Mariana Benítez Tiburcio, Olga Sánchez Cordero, Alfredo Vázquez Vázquez, Javier Corral Jurado y Susana Harp Iturribarría— presentaron una iniciativa que reforma 10 artículos de la Constitución (76, 94, 95, 96, 97, 98, 99, 100, 116 y 122) para perfeccionar el modelo de elección judicial surgido de la reforma del 15 de septiembre de 2024.
📊 El contexto que la detonó
En el Proceso Electoral Extraordinario 2024-2025 se eligieron 881 cargos federales y ~1,800 locales, y los Comités de Evaluación recibieron 33,907 solicitudes en conjunto (18,447 Ejecutivo · 11,646 Legislativo · 3,814 Judicial), lo que tensionó la revisión de perfiles.
🔑 Los 7 cambios que debes conocer
1️⃣ Elección judicial en 2028, no en 2027. Se recorre al primer domingo de junio de 2028 para evitar concurrencia con elecciones políticas.
2️⃣ Certificación obligatoria de la ENFJ. Se elimina el promedio de 8/9 puntos y las cartas de recomendación; ahora se exigirá certificación vigente de competencias emitida por la Escuela Nacional de Formación Judicial.
3️⃣ Comité Único de Evaluación. Desaparecen los 3 Comités de los Poderes de la Unión; se crea uno solo con 9 integrantes (3 por cada Poder) que postulará a las 6 mejores candidaturas por cargo.
4️⃣ SCJN en Pleno y 2 Secciones. La Corte funcionará también en secciones para abatir cargas de trabajo; las tesis por 6 votos serán obligatorias para toda la Federación y entidades federativas.
5️⃣ Nuevos requisitos para ministras/os (art. 95). 10 años de práctica profesional mínima; para 5 de las 9 ministras/os, al menos 5 años deben ser dentro del Poder Judicial.
6️⃣ Órgano de Administración Judicial fortalecido. 5 integrantes con renovación escalonada, título con 10 años de antigüedad y 10 años de experiencia profesional (5 dentro del PJF).
7️⃣ Presidencias rotatorias sin reelección inmediata en SCJN, TEPJF y Tribunal de Disciplina Judicial, más un Observatorio Ciudadano para evaluar el desempeño judicial.
🏛️ ¿Qué sigue?
La iniciativa también armoniza los artículos 116 y 122 para que estados y CDMX repliquen el esquema de certificación, coordinándose con la ENFJ. Los transitorios prevén 60 días para lineamientos ENFJ y 180 días para reformas secundarias.
💬 Mi lectura como especialista en derecho administrativo y constitucional: esta reforma busca corregir el principal cuello de botella del PEE 2025 —la evaluación masiva sin estándares objetivos— y proteger la independencia judicial al separar el calendario electoral político del judicial.
El reto será operativo: diseñar exámenes estandarizados y robustos en la ENFJ antes de septiembre de 2027.
¿Tú qué opinas? ¿La certificación ENFJ es garantía suficiente de idoneidad técnica o se necesita algo más? 👇
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El 16 de abril de 2026, legisladores de MORENA en la LXVI Legislatura —Alfonso Ramírez Cuéllar, Mariana Benítez Tiburcio, Olga Sánchez Cordero, Alfredo Vázquez Vázquez, Javier Corral Jurado y Susana Harp Iturribarría— presentaron una iniciativa que reforma 10 artículos de la Constitución (76, 94, 95, 96, 97, 98, 99, 100, 116 y 122) para perfeccionar el modelo de elección judicial surgido de la reforma del 15 de septiembre de 2024.
📊 El contexto que la detonó
En el Proceso Electoral Extraordinario 2024-2025 se eligieron 881 cargos federales y ~1,800 locales, y los Comités de Evaluación recibieron 33,907 solicitudes en conjunto (18,447 Ejecutivo · 11,646 Legislativo · 3,814 Judicial), lo que tensionó la revisión de perfiles.
🔑 Los 7 cambios que debes conocer
1️⃣ Elección judicial en 2028, no en 2027. Se recorre al primer domingo de junio de 2028 para evitar concurrencia con elecciones políticas.
2️⃣ Certificación obligatoria de la ENFJ. Se elimina el promedio de 8/9 puntos y las cartas de recomendación; ahora se exigirá certificación vigente de competencias emitida por la Escuela Nacional de Formación Judicial.
3️⃣ Comité Único de Evaluación. Desaparecen los 3 Comités de los Poderes de la Unión; se crea uno solo con 9 integrantes (3 por cada Poder) que postulará a las 6 mejores candidaturas por cargo.
4️⃣ SCJN en Pleno y 2 Secciones. La Corte funcionará también en secciones para abatir cargas de trabajo; las tesis por 6 votos serán obligatorias para toda la Federación y entidades federativas.
5️⃣ Nuevos requisitos para ministras/os (art. 95). 10 años de práctica profesional mínima; para 5 de las 9 ministras/os, al menos 5 años deben ser dentro del Poder Judicial.
6️⃣ Órgano de Administración Judicial fortalecido. 5 integrantes con renovación escalonada, título con 10 años de antigüedad y 10 años de experiencia profesional (5 dentro del PJF).
7️⃣ Presidencias rotatorias sin reelección inmediata en SCJN, TEPJF y Tribunal de Disciplina Judicial, más un Observatorio Ciudadano para evaluar el desempeño judicial.
🏛️ ¿Qué sigue?
La iniciativa también armoniza los artículos 116 y 122 para que estados y CDMX repliquen el esquema de certificación, coordinándose con la ENFJ. Los transitorios prevén 60 días para lineamientos ENFJ y 180 días para reformas secundarias.
💬 Mi lectura como especialista en derecho administrativo y constitucional: esta reforma busca corregir el principal cuello de botella del PEE 2025 —la evaluación masiva sin estándares objetivos— y proteger la independencia judicial al separar el calendario electoral político del judicial.
El reto será operativo: diseñar exámenes estandarizados y robustos en la ENFJ antes de septiembre de 2027.
¿Tú qué opinas? ¿La certificación ENFJ es garantía suficiente de idoneidad técnica o se necesita algo más? 👇
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