
Oye, ¿te han querido cerrar la puerta de tu juicio fiscal con una reforma que ni te afectaba? Esto le pasó a un contribuyente en Michoacán y el TFJA le dio la razón.
En 2017 le determinaron casi 3 millones de pesos entre ISR, IETU, recargos y multas. Recurre, le confirman en 2025 y demanda el 5 de septiembre. La autoridad federal llega diciendo que con la reforma de octubre del 2025 ya no procede el juicio.
El magistrado Ricardo Arteaga Magallón y la Sala lo rechazaron todo. Primero: tu demanda fue antes, carnal, hay derechos adquiridos y el transitorio te protege. Segundo: esto no es prescripción, es impugnación de recurso de revocación contra determinación de crédito, por eso sí tiene competencia el Tribunal (artículo 3 fracciones II y XIII).
Lo más fuerte: aunque ataques solo el acto original, la litis abierta (artículos 1 y 50 LFPCA) hace que si ese acto cae, cae también la resolución que confirmó el crédito.
**Expediente:** 1238/25-21-01-4 (Sala Michoacán)
Esto es clave para todos los que tienen juicios pendientes. Nunca subestimes el momento procesal.
#DerechoFiscal #TFJA #LitisAbierta #FiscalMexico #Impuestos #JuicioDeNulidad #ContadorPublico #AbogadoFiscal
En 2017 le determinaron casi 3 millones de pesos entre ISR, IETU, recargos y multas. Recurre, le confirman en 2025 y demanda el 5 de septiembre. La autoridad federal llega diciendo que con la reforma de octubre del 2025 ya no procede el juicio.
El magistrado Ricardo Arteaga Magallón y la Sala lo rechazaron todo. Primero: tu demanda fue antes, carnal, hay derechos adquiridos y el transitorio te protege. Segundo: esto no es prescripción, es impugnación de recurso de revocación contra determinación de crédito, por eso sí tiene competencia el Tribunal (artículo 3 fracciones II y XIII).
Lo más fuerte: aunque ataques solo el acto original, la litis abierta (artículos 1 y 50 LFPCA) hace que si ese acto cae, cae también la resolución que confirmó el crédito.
**Expediente:** 1238/25-21-01-4 (Sala Michoacán)
Esto es clave para todos los que tienen juicios pendientes. Nunca subestimes el momento procesal.
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