Fiscal · Criterio judicial · · actualizado el 27 de julio de 2026
Nulidad $114 millones plazo suspendido recurso SAT


¿Qué es la nulidad lisa y llana?
Cuando el Tribunal Federal de Justicia Administrativa declara la nulidad lisa y llana de un crédito fiscal, el acto de la autoridad desaparece por completo. No se trata de una corrección de forma: la autoridad pierde la posibilidad de repetir el mismo cobro basándose en los mismos hechos y motivos que ya fueron declarados ilegales.
Esto la distingue de la llamada nulidad "para efectos", donde el tribunal solo ordena reponer un procedimiento o subsanar un vicio, dejando abierta la puerta para que la autoridad vuelva a emitir el crédito corrigiendo el defecto. La nulidad lisa y llana cierra ese camino.
La suspensión del plazo por un recurso pendiente
El recurso de revocación es un medio de defensa que el contribuyente presenta directamente ante la propia autoridad fiscal, antes o en lugar de acudir al tribunal. Mientras ese recurso siga sin resolverse, la ley suspende los plazos para que la autoridad exija o ejecute el crédito impugnado.
Si la autoridad continúa actuando —notificando, requiriendo pago o ejecutando el cobro— sin esperar esa resolución, el acto queda viciado desde su origen, independientemente de si el fondo del crédito era correcto o no.
Aplicación práctica para el contribuyente afectado
- Conserva el acuse de recepción de tu recurso de revocación: es la prueba de que el plazo estaba suspendido cuando la autoridad actuó.
- Revisa las fechas de cualquier notificación, requerimiento de pago o acto de ejecución que recibas mientras el recurso sigue en trámite.
- Si detectas que la autoridad cobró o ejecutó antes de resolver el recurso, ese hecho por sí solo puede sustentar una demanda de nulidad ante el tribunal.
Errores comunes a evitar
- Suponer que el recurso de revocación detiene automáticamente cualquier notificación, sin verificar cada actuación posterior de la autoridad.
- Dejar vencer el plazo para acudir al tribunal por creer que el recurso administrativo resolverá todo el problema.
- Confundir nulidad lisa y llana con nulidad para efectos, lo que puede generar expectativas equivocadas sobre si la autoridad puede o no volver a cobrar.
- No guardar evidencia de las fechas del recurso y de los actos de la autoridad, que son precisamente lo que permite acreditar la violación al plazo suspendido.
Preguntas frecuentes
¿Qué significa que un crédito fiscal haya sido declarado nulo de manera lisa y llana?
Significa que el tribunal eliminó por completo el acto de la autoridad y esta no puede volver a cobrar ese crédito basándose en los mismos hechos. Es la forma más favorable de nulidad para quien impugna, a diferencia de una nulidad que solo ordena corregir el procedimiento.
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¿Qué es un recurso de revocación?
Es un medio de defensa que el contribuyente presenta ante la propia autoridad fiscal para impugnar un acto, como paso previo o alterno a acudir al tribunal. Mientras esté pendiente de resolución, suspende los plazos de la autoridad para exigir o ejecutar el cobro del crédito impugnado.
¿Por qué se anuló el crédito de $114 millones en este caso?
Porque la autoridad actuó ignorando que el plazo estaba suspendido por un recurso de revocación que aún no se resolvía. El Tribunal Federal de Justicia Administrativa de Yucatán consideró que esa actuación fuera de plazo viciaba el acto y declaró su nulidad lisa y llana.
Si tengo un recurso de revocación pendiente, ¿puede la autoridad seguir cobrándome?
En principio no debería, porque el plazo para exigir el crédito queda suspendido mientras el recurso no se resuelva. Si la autoridad notifica, requiere pago o ejecuta el cobro durante ese periodo, esa actuación puede estar viciada y ser impugnable ante el tribunal.
¿Qué debo hacer si creo que el SAT actuó sin esperar la resolución de mi recurso?
Conserva el acuse de tu recurso de revocación y cualquier notificación o acto de cobro posterior, y compáralas fechas. Con esa evidencia, un postulante puede evaluar si procede una demanda de nulidad ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa, como ocurrió en el caso de Yucatán.