Fiscal · Criterio judicial · · actualizado el 27 de julio de 2026
Notificación ilegal por estrados: nulidad en recurso fiscal


¿Qué es realmente la notificación por estrados?
La notificación por estrados es una forma excepcional de avisar a una persona sobre un acto de la autoridad cuando no fue posible localizarla en su domicilio. En vez de entregar el documento en mano, la autoridad lo fija en un lugar visible de sus oficinas (los "estrados") y ahí se considera legalmente notificada la persona.
Precisamente por ser una excepción a la regla general de notificación personal, la ley exige requisitos previos estrictos. Uno de los más importantes es dejar un citatorio antes de recurrir a los estrados: un aviso físico en el domicilio que informa que un notificador buscará de nuevo a la persona en fecha y hora determinadas.
Por qué el citatorio no es un simple formalismo
El citatorio existe para dar a la persona una oportunidad real de recibir el documento de manera personal antes de que la autoridad opte por el mecanismo más gravoso de los estrados. Omitirlo no es un detalle menor: rompe la cadena de garantías que protege el derecho de defensa del contribuyente.
Qué significa esto para la persona afectada
Cuando una notificación por estrados se practica sin el citatorio previo, todo lo que se derive de ella queda viciado desde su origen. Si esa notificación fue la base para desechar un recurso de revocación por "falta de respuesta", el desechamiento pierde sustento, porque en realidad nunca hubo una notificación válida que generara la obligación de responder.
- Revisar con cuidado el expediente administrativo para confirmar si existe (o no) constancia de citatorio antes de la notificación por estrados.
- Verificar la secuencia cronológica: el citatorio debe ser anterior, nunca simultáneo ni posterior, a la fijación en estrados.
- Si el recurso de revocación fue desechado por supuesta falta de respuesta, este vicio de origen puede combatirse ante el propio Tribunal Federal de Justicia Administrativa.
Errores comunes que debilitan la defensa
El error más frecuente es asumir que toda notificación fijada en estrados es automáticamente válida solo porque aparece documentada en el expediente. No basta con que exista un acta de notificación: hay que revisar si se cumplieron todos los pasos previos que la ley exige.
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- No pasar por alto la notificación inicial pensando que "ya no tiene remedio"; el vicio en esa etapa puede impactar todo lo actuado después.
- No confundir la ausencia de citatorio con un simple error de forma sin consecuencias: la ley lo considera un requisito de validez.
- No dejar pasar los plazos para impugnar el desechamiento del recurso alegando este vicio, pues la oportunidad para reclamarlo también tiene límites temporales.
En suma, revisar la forma en que se practicó una notificación por estrados puede ser la diferencia entre perder un recurso por un tecnicismo aparente y lograr que se reconozca la nulidad del acto que lo desechó.