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Academia de Amparoy Derecho

Fiscal · TFJA · · actualizado el 27 de julio de 2026

Citatorio Art. 137 CFF: TFJA anula desechamiento de recurso

Citatorio Art. 137 CFF: TFJA anula desechamiento de recurso
Citatorio Art. 137 CFF: TFJA anula desechamiento de recurso
La autoridad desecho el recurso de revocacion de una empresa porque "no contesto un requerimiento". Pero nunca le notificaron ese requerimiento legalmente: faltaba el citatorio del Art. 137 CFF. El TFJA declaro NULIDAD del desechamiento. Exp. 181/25-16-01-5

¿Qué es el citatorio y por qué puede tumbar todo un procedimiento?

El citatorio no es un simple aviso de cortesía. Es el mecanismo que la ley usa para garantizar que, antes de notificarte algo por medio de otra persona en tu domicilio, tengas oportunidad real de enterarte y de recibir la diligencia tú mismo o a través de quien te representa.

Cuando ese paso se omite, no se trata de un detalle menor: la notificación completa queda viciada de origen. Y si esa notificación es la base para decir que "no contestaste" un requerimiento, la falta del citatorio derrumba esa acusación desde la raíz.

El recurso de revocación, en términos sencillos

El recurso de revocación es el medio de defensa que una persona o empresa presenta directamente ante la propia autoridad fiscal, antes de acudir a un tribunal, para pedirle que reconsidere o eche abajo un acto que le afecta. Es, por así decirlo, la primera oportunidad de corregir el error sin necesidad de litigio ante el TFJA.

Cuando la autoridad "desecha" ese recurso —es decir, lo rechaza sin entrar a analizar el fondo del asunto— la persona afectada se queda sin respuesta sobre lo que realmente reclamaba. Por eso anular ese desechamiento es tan relevante: obliga a que el caso se vuelva a mirar como corresponde.

Aplicación práctica: qué hacer si a tu empresa le pasó algo similar

  • Pide de inmediato copia certificada de la constancia de notificación del requerimiento que supuestamente no contestaste. Ahí debe constar si hubo o no citatorio previo.
  • Revisa con tus postulantes (los abogados que llevan tu defensa) si la diligencia se practicó con un tercero, un vecino o algún dependiente, y no directamente contigo. Ese es el escenario típico donde el citatorio se vuelve obligatorio.
  • Haz valer la irregularidad dentro del medio de defensa correspondiente y dentro del plazo legal aplicable; dejar pasar el tiempo es la forma más común de perder un argumento que, de otro modo, es sólido.
  • Conserva todo el expediente administrativo: oficios, acuses y cualquier constancia. En este tipo de casos, el expediente físico suele ser la prueba que decide el asunto.

Errores comunes que conviene evitar

  • Dar por hecho que "no me buscaron" basta. Hay que demostrarlo con la propia constancia de notificación, no sólo alegarlo.
  • Confundir el recurso de revocación con acudir directamente al tribunal. Son etapas distintas, con reglas y plazos propios.
  • Esperar a la siguiente notificación para reclamar. Cada acto puede tener su propio plazo de impugnación; si se deja pasar, el vicio de origen puede quedar convalidado.
  • No asesorarse a tiempo. Un vicio de notificación es un argumento técnico que rara vez se detecta sin revisar el expediente con cuidado.

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