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Academia de Amparoy Derecho

Fiscal · TFJA · · actualizado el 27 de julio de 2026

SAT negó devolución ISR por AFORE: TFJA ordena reembolso

SAT negó devolución ISR por AFORE: TFJA ordena reembolso
SAT negó devolución ISR por AFORE: TFJA ordena reembolso
Una contribuyente pidió su devolución de ISR y el SAT se la negó por culpa de la AFORE. El Tribunal dijo: NO es tu problema. Nulidad total y devolución con intereses 💪 Exp. 1731/25-16-01-2

¿Qué es la devolución de saldo a favor de ISR?

Cuando a una persona le retienen o paga más Impuesto Sobre la Renta del que legalmente le corresponde, la ley le reconoce el derecho a recuperar ese excedente. A esto se le llama comúnmente "saldo a favor", y es un derecho del contribuyente, no un favor de la autoridad.

En el caso de los recursos que se retiran de una AFORE, por ejemplo al momento de una pensión o un retiro, la propia administradora practica una retención de ISR antes de entregar el dinero. Si esa retención resulta mayor a lo que en realidad se debía pagar, se genera un saldo a favor que el contribuyente puede reclamar ante el SAT.

¿Por qué la autoridad no puede negar la devolución por un error ajeno?

El principio detrás de una resolución como la comentada es sencillo: el SAT debe evaluar si el saldo a favor existe realmente, sin importar quién haya generado la inconsistencia en la información. Si la AFORE retuvo de más, informó mal, o generó una diferencia, esa es una falla del sistema entre autoridades e instituciones, no una carga que deba trasladarse al contribuyente.

Por eso el tribunal resolvió que ese problema "no es tu problema": la persona que solicita la devolución no tiene por qué acreditar ni corregir los errores de un tercero para poder recibir lo que legalmente le corresponde. Esta lógica protege a cualquier contribuyente que dependa de la información que un tercero reporta al SAT.

Aplicación práctica para quien recibe una negativa similar

  • Conservar todas las constancias de retención que emite la AFORE al momento del retiro o pensión.
  • Comparar esas constancias contra la declaración presentada, para detectar si la diferencia viene de la administradora y no de un error propio.
  • Si el SAT niega la devolución con el argumento de que no coincide la información de la AFORE, es posible impugnar esa negativa ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa mediante un juicio de nulidad.
  • De ganar el juicio, la devolución no solo incluye el monto original, sino también los intereses que se hayan generado por el tiempo que la autoridad retuvo el dinero indebidamente.

Errores comunes a evitar

  • No guardar los comprobantes de retención de la AFORE, lo que dificulta probar el origen de la diferencia ante el tribunal.
  • Aceptar la negativa del SAT sin cuestionarla, asumiendo que es problema exclusivo de la AFORE y que nada puede reclamarse.
  • Dejar pasar el plazo legal para impugnar la resolución negativa, perdiendo la oportunidad de acudir al tribunal.
  • Presentar la reclamación sin documentación que acredite la retención real hecha por la AFORE, lo que debilita el caso ante el juzgador.

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