
Una aclaración fundamental sobre la fiscalidad en el sector minero ha salido a la luz. ¿Se trata realmente de doble tributación? ¡La Corte Suprema establece que no! Se distingue claramente entre el impuesto por la superficie ocupada y el que grava la extracción de recursos. Este criterio prevalece, dejando en evidencia el amplio margen de maniobra que el Poder Judicial suele conceder al Congreso en temas fiscales. Rara vez se limita la potestad tributaria, y la justificación subyacente es clara: el Estado necesita asegurar sus recursos. Además, este análisis profundiza en la procedencia de intereses en devoluciones fiscales (no basta la simple declaratoria de nulidad) y examina la legitimación de la SHCP en grandes casos como el de Grupo Televisa. Un vistazo esencial al equilibrio de poder entre el fisco y los contribuyentes.
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