
¿Tu poder notarial otorgado en el extranjero no es válido en México? 🌎⚖️
Una empresa extranjera pidió al SAT que declarara prescritos 3 créditos fiscales. El SAT le respondió: "No puedo atenderte, tu representante NO acreditó su personalidad". ¿La razón? Que el poder otorgado en Estados Unidos "no cumplía" con la ley mexicana.
El Tribunal Federal les dijo:
✅ Los poderes otorgados en el extranjero NO se rigen por las leyes mexicanas de notariado, sino por el Protocolo sobre Uniformidad del Régimen Legal de los Poderes (tratado internacional).
✅ El notario estadounidense sí dio fe de la capacidad del otorgante, la existencia legal de la sociedad y sus facultades, cumpliendo el artículo I del Protocolo.
✅ La SCJN ya lo ha dicho en las jurisprudencias P./J. 14/94 y P./J. 15/94: los requisitos formales de las leyes mexicanas no aplican a poderes otorgados fuera de México.
✅ Se declaró la NULIDAD de las 3 resoluciones del SAT y se le ordenó tener por acreditada la personalidad.
🔑 Moraleja: Si representas a empresas extranjeras ante el fisco mexicano, conoce los tratados internacionales. El SAT no puede exigir requisitos que un tratado no contempla.
📂 Expediente: 20073/25-17-02-3 | 📅 Sentencia: 30 de enero de 2026
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Una empresa extranjera pidió al SAT que declarara prescritos 3 créditos fiscales. El SAT le respondió: "No puedo atenderte, tu representante NO acreditó su personalidad". ¿La razón? Que el poder otorgado en Estados Unidos "no cumplía" con la ley mexicana.
El Tribunal Federal les dijo:
✅ Los poderes otorgados en el extranjero NO se rigen por las leyes mexicanas de notariado, sino por el Protocolo sobre Uniformidad del Régimen Legal de los Poderes (tratado internacional).
✅ El notario estadounidense sí dio fe de la capacidad del otorgante, la existencia legal de la sociedad y sus facultades, cumpliendo el artículo I del Protocolo.
✅ La SCJN ya lo ha dicho en las jurisprudencias P./J. 14/94 y P./J. 15/94: los requisitos formales de las leyes mexicanas no aplican a poderes otorgados fuera de México.
✅ Se declaró la NULIDAD de las 3 resoluciones del SAT y se le ordenó tener por acreditada la personalidad.
🔑 Moraleja: Si representas a empresas extranjeras ante el fisco mexicano, conoce los tratados internacionales. El SAT no puede exigir requisitos que un tratado no contempla.
📂 Expediente: 20073/25-17-02-3 | 📅 Sentencia: 30 de enero de 2026
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