Poder notarial extranjero válido ante el SAT: caso aéreo

Poder notarial extranjero válido ante el SAT: caso aéreo

Poder notarial extranjero válido ante el SAT: caso aéreo
Una empresa aérea extranjera (aerolínea con sede en Florida, EE.UU.) tenía unas multas (créditos fiscales) impuestas por el Instituto Nacional de Migración en el Aeropuerto de Cancún en 2016 y 2017. La empresa pidió al SAT que declarara prescritas esas multas porque ya había pasado mucho tiempo sin que las cobraran. Para hacer el trámite, un abogado se presentó con un poder notarial otorgado en Estados Unidos y protocolizado en México. El SAT rechazó la solicitud tres veces, diciendo que el poder no cumplía los requisitos legales mexicanos para acreditar la representación del abogado. La empresa demandó al SAT ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa. El Tribunal le dio la razón a la empresa: el poder otorgado en el extranjero no debe cumplir las reglas mexicanas, sino las del Protocolo sobre Uniformidad del Régimen Legal de los Poderes (tratado internacional). Se declararon nulas las tres resoluciones del SAT y se le ordenó aceptar la personalidad del abogado y resolver las solicitudes de prescripción.

¿Qué es un poder notarial extranjero y por qué se "protocoliza"?

Un poder notarial es el documento con el que una persona (o una empresa) autoriza a otra —normalmente un abogado o abogada— para representarla ante autoridades y tribunales. Cuando ese poder se firma fuera de México, como ocurrió con la aerolínea de este caso, surge la duda de si vale igual que uno hecho ante un notario mexicano.

"Protocolizar" un poder extranjero significa incorporarlo formalmente al protocolo (los archivos oficiales) de un notario en México, para que circule y se use dentro del país con mayor certeza jurídica. Es un paso adicional de reconocimiento, no una repetición del trámite original.

La aplicación práctica para una empresa extranjera

Para una empresa con sede fuera de México, como la aerolínea con base en Florida, este caso muestra algo muy concreto: si una autoridad mexicana —en este caso el SAT— le exige a su representante requisitos pensados solo para poderes otorgados dentro de México, esa exigencia puede impugnarse.

La vía práctica que siguió la empresa fue acudir al Tribunal Federal de Justicia Administrativa cuando la autoridad administrativa insistió, en tres ocasiones, en negarle el reconocimiento a su representante. Esto confirma que, ante una negativa reiterada, el litigio ante el Tribunal es el mecanismo para destrabar el trámite de fondo (en este caso, la solicitud de prescripción de las multas).

  • Conviene identificar desde el inicio si el poder se otorgó en un país que forma parte del Protocolo sobre Uniformidad del Régimen Legal de los Poderes, para saber qué régimen aplica.
  • Si la autoridad rechaza el poder citando exclusivamente reglas mexicanas internas, conviene señalar por escrito, desde la primera respuesta, que el documento se rige por el tratado internacional aplicable.
  • Guardar constancia de cada rechazo (y sus razones) es clave, porque un patrón de negativas repetidas —como las tres resoluciones de este caso— fortalece el reclamo ante el Tribunal.

Errores comunes a evitar

Asumir que "protocolizar" arregla cualquier objeción

Protocolizar el poder en México ayuda a que circule, pero no impide que la autoridad, por desconocimiento o por criterio propio, exija además requisitos internos. Ese fue precisamente el punto de fricción que tuvo que resolver el Tribunal.

No dejar clara la fuente legal del poder

Un error frecuente es no explicar, desde el primer trámite, que el poder otorgado en el extranjero se rige por el tratado internacional y no por las normas mexicanas ordinarias. Aclararlo desde el inicio puede evitar rechazos innecesarios.

Dejar pasar el tiempo sin impugnar

Cuando una autoridad rechaza repetidamente la representación de un abogado, esperar sin actuar solo retrasa la resolución del asunto de fondo. En este caso, acudir al Tribunal fue lo que permitió que, además de reconocer el poder, se ordenara resolver la solicitud original de prescripción.

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