Prima de riesgo de trabajo IMSS 2027: cálculo, declaración de febrero y defensa

Prima de riesgo de trabajo IMSS 2027: cálculo, declaración de febrero y defensa

Prima de riesgo de trabajo del IMSS: cómo se calcula con tu siniestralidad, cuándo se presenta la declaración anual (febrero), entre qué límites puede moverse y qué hacer si el IMSS te la rectifica.

Guía de temporada · la próxima declaración vence el último día de febrero de 2027.

Declaración anual
Febrero
último día del mes
Rango de la prima
0.5% – 15%
sobre el SBC
Variación máxima
±1 punto
por año
Prima mínima clase I
0.54355%
nuevas altas por clase

Cómo funciona la prima de riesgo

  • Cada patrón cotiza el seguro de riesgos de trabajo con una prima propia, que se revisa cada año con su siniestralidad: los accidentes y enfermedades de trabajo terminados en el año (días subsidiados, porcentajes de incapacidad permanente y defunciones).
  • La fórmula del art. 72 de la LSS pondera esa siniestralidad entre los trabajadores promedio expuestos; el resultado no puede variar más de un punto porcentual respecto de tu prima anterior ni salirse del rango 0.5%–15%.
  • Si tu siniestralidad no cambió tu prima, en varios supuestos no estás obligado a presentar la declaración — pero documenta el cálculo por si el IMSS rectifica.

Errores y defensas típicas

  • Casos que no debían contarse: accidentes en trayecto NO se incluyen en la siniestralidad; incluirlos infla la prima.
  • Riesgos no terminados: solo cuentan los casos concluidos en el periodo; los abiertos van al año en que terminen.
  • Rectificaciones del IMSS: deben estar fundadas y motivadas, con los casos que las soportan; son impugnables en 15 días vía recurso de inconformidad o directamente en juicio de nulidad ante el TFJA.

Preguntas frecuentes

¿Cuándo se presenta la declaración de prima de riesgo?

En febrero de cada año (a más tardar el último día del mes), respecto de la siniestralidad del año anterior. La próxima vence el 28 de febrero de 2027.

¿Entre qué valores puede estar la prima?

Entre 0.5% (prima mínima) y 15% (máxima) sobre el salario base de cotización, y de un año a otro no puede subir ni bajar más de un punto porcentual.

¿Quién NO está obligado a presentarla?

Entre otros, los patrones cuya prima resultante sea igual a la del año anterior y los de reciente registro que aún no completan un año de actividades; verifica tu supuesto en el IMSS.

¿Qué pasa si no la presento o la calculo mal?

El IMSS puede rectificarla y emitir diferencias con actualización, recargos y multa. La rectificación del IMSS también es impugnable si está mal fundada.

Aviso importante: Guía educativa general con la legislación vigente a julio de 2026; los montos, reglas misceláneas y fechas del siguiente ejercicio pueden ajustarse con las publicaciones oficiales. No constituye asesoría; verifica tu caso con un profesional.