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Academia de Amparoy Derecho

Jurisprudencia · Criterio judicial · · actualizado el 27 de julio de 2026

Ministra Herrerías: Voto Concurrente en ADR 5509-2025

Ministra Herrerías: Voto Concurrente en ADR 5509-2025
¡Un giro inesperado en la sesión! La postura de la Ministra Herrerías Guerra sobre los proyectos en agenda revela una votación matizada. Aunque respalda la mayoría de las propuestas, su decisión de reservar un **voto concurrente** para expedientes específicos como el ADR 5509-2025 y el AR 688-2024 es lo que realmente llama la atención. La condición es clara: la aprobación final depende del contenido que se incluya en el engrose. Descubra el porqué de esta reserva estratégica que podría definir el alcance de esas resoluciones.
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¿Qué es un voto concurrente?

Un voto concurrente es la postura que emite un ministro o ministra cuando coincide con el sentido final de la resolución de la mayoría, es decir, vota por el mismo lado que ganó la votación, pero no comparte del todo las razones o los argumentos que sustentan esa decisión.

Esta figura es distinta del voto particular, también llamado voto disidente, en el cual quien lo emite se aparta del sentido mismo de la resolución y no solo de sus razones. Confundir ambas figuras es uno de los errores más comunes al leer una sesión del Pleno.

El papel del engrose

Cuando hay votos concurrentes, la resolución no queda cerrada en el momento mismo de la sesión. Alguien, normalmente quien encabezó la postura mayoritaria, debe redactar el engrose: el documento final que integra el sentido de la votación con los argumentos que finalmente respaldan el criterio.

Mientras el engrose no se publica, el alcance exacto de la resolución puede seguir ajustándose, aunque el resultado numérico de la votación ya esté definido desde la sesión.

Qué implica esto para quienes tienen interés en el expediente

Para las partes de un asunto como los mencionados en la sesión, un voto concurrente no cambia si se ganó o se perdió el caso, pero sí puede modificar el razonamiento con el que se explica ese resultado.

Ese razonamiento importa porque es el que después puede citarse en otros asuntos, el que sirve de referencia orientadora, y el que define qué tan amplio o restringido queda el criterio para casos futuros parecidos.

Por eso, aunque el sentido de la votación ya se conozca, conviene esperar la publicación del engrose antes de sacar conclusiones definitivas sobre el alcance real de la decisión.

Errores comunes a evitar

  • Pensar que un voto concurrente equivale a un voto en contra: en realidad coincide con el sentido de la mayoría, solo difiere en las razones que lo explican.
  • Dar por cerrado un asunto apenas se conoce cómo votó cada ministro o ministra, sin esperar a que se publique el engrose correspondiente.
  • Ignorar que el contenido final del engrose puede ampliar o acotar el criterio, lo que afecta a quienes busquen invocarlo después en asuntos similares.
  • Suponer que todos los votos concurrentes comparten las mismas razones: cada ministro o ministra puede reservarse el suyo por motivos distintos entre sí.
  • Leer solo el titular de la sesión y no dar seguimiento posterior a la publicación del engrose, que es donde queda plasmado el razonamiento definitivo.

En resumen, la sesión deja clara la votación, pero la historia completa del criterio se conoce hasta que el engrose queda redactado y disponible para su consulta.

Preguntas frecuentes

¿Qué es exactamente un voto concurrente?

Es cuando un ministro o ministra está de acuerdo con el resultado final de una votación, pero quiere dejar claro que llega a esa conclusión por razones distintas a las de la mayoría. No es un voto en contra: el sentido de la resolución no cambia, solo la explicación que la respalda.

Si la Ministra Herrerías votó con la mayoría, ¿ya se resolvió el caso?

El sentido de la votación ya quedó definido en la sesión, pero la resolución formal depende de que se redacte y apruebe el engrose, el documento que integra los argumentos finales. Hasta que eso ocurra, el alcance preciso de la decisión puede seguir ajustándose.

¿En qué se diferencia un voto concurrente de un voto particular?

El voto concurrente coincide con el sentido de la mayoría, aunque cambien las razones. El voto particular, en cambio, se aparta del sentido mismo de la resolución: quien lo emite estuvo en desacuerdo con el resultado, no solo con los argumentos que lo sostienen.

¿Por qué importa lo que finalmente diga el engrose?

Porque los argumentos que queden plasmados en el engrose pueden usarse como referencia en asuntos parecidos más adelante. Un mismo resultado de votación puede tener un alcance amplio o limitado según cómo se redacten esas razones finales, y eso puede influir en cómo se resuelvan casos futuros.

¿Qué debo hacer si mi asunto se parece al ADR 5509-2025 o al AR 688-2024?

Conviene dar seguimiento a la publicación del engrose antes de asumir cómo aplica el criterio a tu caso, y consultarlo con un profesional del derecho para valorar su alcance real una vez que el documento esté disponible y pueda compararse con las circunstancias de tu propio asunto.

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