Impuesto sobre nóminas (ISN) 2026: la tasa vigente en cada una de las 32 entidades federativas, con su fundamento legal, los aumentos que entraron en vigor este año y los errores más comunes de las tablas desactualizadas.
El ISN (también llamado impuesto sobre erogaciones por remuneraciones al trabajo personal subordinado) lo paga el patrón sobre los pagos a sus trabajadores: sueldos, tiempo extra, premios, aguinaldo y demás remuneraciones, conforme a la ley de hacienda de cada estado. En 2026 cinco entidades subieron su tasa — verifica la tuya:
Verificado a julio de 2026 contra las leyes de hacienda estatales y sus reformas.
| Entidad | Tasa 2026 | Fundamento y notas |
|---|---|---|
| Aguascalientes | 2.5% | Arts. 63 y 66 Ley de Hacienda del Estado · pago al día 17 |
| Baja California | 4.25% efectiva | 1.80% base + sobretasas · arts. 151-13 a 151-16 Ley de Hacienda · pago al día 25 |
| Baja California SurSubió 2026 | 3% | Antes 2.5% · arts. 33-36 Ley de Hacienda, reforma dic-2025 · pago al día 15 |
| Campeche | 3% | Arts. 20, 21 y 23 Ley de Hacienda · dictamen obligatorio |
| ChiapasSubió 2026 | 3% | Antes 2% · Código de la Hacienda Pública, arts. 224 y ss. · pago bimestral definitivo |
| ChihuahuaSubió 2026 | 4% | Antes 3% · arts. 71-77 Ley de Hacienda · estímulos de 20%/10%/5% según plantilla |
| Ciudad de México | 4% | Art. 158 Código Fiscal CDMX (4% desde 2025) · micro 3%, pequeñas 3.5% con reducciones · dictamen obligatorio |
| Coahuila | 3% | Desde 2024 (tablas con 2% están desactualizadas) · arts. 21-28 Ley de Hacienda |
| ColimaSubió 2026 | 3% | Antes 2% · arts. 41 M y ss. Ley de Hacienda · pago al día 17 |
| Durango | 3% | Arts. 1-12 bis Ley de Hacienda · pago al día 17 |
| Estado de México | 3% | Arts. 56, 56 Bis y 57 Código Financiero · pago al día 10 · dictamen obligatorio |
| Guanajuato | 3% | Arts. 6 y 6-A Ley de Hacienda · pago al día 22 · estímulos art. 14 |
| Guerrero | 3% | Ley de Hacienda núm. 428, arts. 39 y ss. · pago al día 17 |
| Hidalgo | 3% | Arts. 21-27 Ley de Hacienda · pago al día 12 |
| Jalisco | 3% | Desde 2023 (las tablas con 2% son erróneas) · art. 13 Ley de Ingresos + arts. 39-45 Ley de Hacienda · pago al día 12. El impuesto al trabajo NO subordinado (honorarios) se unificó en 5% en 2026 |
| Michoacán | 3% | Arts. 44 y 45 Ley de Hacienda |
| Morelos | 3% | Art. 58 Bis-3 Ley General de Hacienda · pago primeros 10 días |
| Nayarit | 3% | Arts. 86 y ss. Ley de Hacienda · pago primeros 10 días |
| Nuevo León | 3% | El alza a 4% fue RECHAZADA por el Congreso en dic-2025 (las tablas con 4% son erróneas) · art. 157 Ley de Hacienda · reducciones arts. 159 Bis y 160 |
| Oaxaca | 3% | Arts. 63 y ss. Ley Estatal de Hacienda · dictamen obligatorio |
| Puebla | 3% | Arts. 12 y 13 Ley de Hacienda · pago al día 17 |
| Querétaro | 3% | Arts. 70 y 72 Ley de Hacienda · pago al día 22 |
| Quintana Roo | 4% | Desde 2025 (reforma 23-dic-2024; tablas con 3% desactualizadas) · Ley del ISN estatal · pago al día 10 · dictamen obligatorio |
| San Luis Potosí | 3% | Arts. 20-23 Ley de Hacienda · dictamen obligatorio |
| Sinaloa | 2.4% a 3% | Única entidad con tarifa progresiva por monto de nómina · arts. 17 y 18 Ley de Hacienda · pago dentro de 20 días |
| Sonora | 3% (+1%) | Sobretasa de 1% a patrones con más de 100 trabajadores (efectiva 4%) · arts. 213-218 Ley de Hacienda |
| Tabasco | En verificación* | Fuentes en conflicto por reforma reciente (2.5%, 3%, 3.5% y 4% circulan) · verifica el art. 30 de la Ley de Hacienda en el Periódico Oficial de Tabasco |
| Tamaulipas | 3% | Las tablas con 4% son erróneas · art. 49 Ley de Hacienda (texto del Periódico Oficial) |
| Tlaxcala | 3% | Arts. 131-134 Código Financiero · pago al día 17 |
| Veracruz | 3% | Arts. 98-103 Código Financiero · pago al día 17 · dictamen obligatorio |
| YucatánSubió 2026 | 3.75% | Antes 3% (reforma nov-2025) · arts. 21-27 Ley General de Hacienda · dictamen obligatorio |
| Zacatecas | 3.5% | Arts. 65 y ss. Ley de Hacienda; tasa fijada en Ley de Ingresos · dictamen obligatorio |
(*) Tabasco: hay una reforma reciente con fuentes encontradas; preferimos no publicar una tasa sin confirmarla en el Periódico Oficial. Ojo con las tablas desactualizadas que circulan: Jalisco es 3% (no 2%), Nuevo León sigue en 3% (el alza fue rechazada), Coahuila es 3% y Quintana Roo 4%.
Cambios del ISN que entraron en vigor en 2026
- Chihuahua: de 3% a 4% (con estímulos por tamaño de plantilla).
- Yucatán: de 3% a 3.75%.
- Baja California Sur: de 2.5% a 3%.
- Chiapas: de 2% a 3% (pago bimestral).
- Colima: de 2% a 3%.
Si tu empresa opera en varios estados, el ISN se paga donde se presta el trabajo (no donde está el domicilio fiscal), por lo que una nómina multi-entidad puede causar en varias leyes a la vez.
Preguntas frecuentes
¿Quién paga el impuesto sobre nóminas?
El patrón (persona física o moral) que realiza pagos por trabajo personal subordinado en el estado. No se le retiene al trabajador: es un costo patronal.
¿Sobre qué base se calcula el ISN?
Sobre las erogaciones por remuneraciones al trabajo subordinado: sueldos, tiempo extra, premios, comisiones, aguinaldo y, según cada ley estatal, otras prestaciones. Cada estado define sus exenciones.
¿Cuál es el ISN más alto de México en 2026?
Baja California con 4.25% efectiva (base más sobretasas), seguida de CDMX, Chihuahua y Quintana Roo con 4%, y Sonora que llega a 4% efectiva para patrones con más de 100 trabajadores.
¿El ISN es deducible del ISR?
Sí: es una contribución estatal a cargo del patrón, deducible para el ISR como gasto estrictamente indispensable, con su comprobación en regla.