
Un amparo directo laboral concedido cambió el rumbo de un juicio relacionado con la construcción de la Refinería Dos Bocas. El Tercer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito determinó que la autoridad responsable analizó mal la naturaleza del contrato del trabajador. Por eso ordenó dictar una nueva sentencia.
En breve
- Una empresa productiva del Estado, del sector petrolero, promovió el amparo contra una sentencia laboral que le fue desfavorable.
- El tribunal determinó que la autoridad responsable debió analizar el contrato desde el proyecto Refinería Dos Bocas, iniciado en 2020, y no desde el ingreso original del trabajador en 2009.
- El argumento sobre prescripción fue declarado infundado, porque la primera demanda interrumpió el plazo legal.
- Se concedió el amparo para que se dicte una nueva resolución que valore correctamente las pruebas sobre la temporalidad del contrato.
El caso
El asunto se originó en un juicio laboral ante el Décimo Primer Tribunal Laboral Federal de Asuntos Individuales, con sede en la Ciudad de México. Un trabajador demandó a una empresa productiva del Estado del sector petrolero por considerar injustificado su despido.
La empresa sostuvo que el vínculo laboral era temporal, ligado a un proyecto específico: la construcción de la Refinería Dos Bocas. El trabajador había ingresado originalmente en 2009, pero desde 2020 fue recontratado para ese proyecto en particular.
El tribunal laboral responsable dictó sentencia el 31 de enero de 2025. Esa resolución fue desfavorable para la empresa, quien decidió promover un amparo directo laboral concedido posteriormente por el tribunal colegiado.
| Dato | Detalle |
|---|---|
| Expediente | 352/2025 |
| Órgano | Tercer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito |
| Circuito | Primer Circuito, Ciudad de México |
| Materia | Laboral |
| Tipo de amparo | Amparo Directo |
| Fecha | 12 de mayo de 2026 |
Qué reclamó el quejoso
La empresa productiva del Estado, en su carácter de quejosa, reclamó la sentencia laboral del 31 de enero de 2025 y su ejecución. Consideró que la autoridad responsable valoró mal el tipo de contrato del trabajador.
Su argumento central fue que el contrato vigente al momento del despido correspondía a un proyecto específico: la Refinería Dos Bocas. Ese proyecto inició en 2020, por lo que el análisis del vínculo laboral debía centrarse en esa etapa, no en el ingreso original de 2009.
También se debatió el tema de la prescripción de la acción laboral, aunque en ese punto el tribunal no encontró la razón a la empresa quejosa.
Qué resolvió el tribunal y por qué
El tribunal concedió el amparo directo laboral por un motivo puntual. Determinó que la autoridad responsable analizó indebidamente la naturaleza temporal de la última contratación del trabajador.
El error consistió en tomar en cuenta las funciones que el trabajador desempeñó desde su ingreso en 2009. El tribunal precisó que lo relevante era el proyecto específico para el que fue contratado desde 2020: la construcción de Refinería Dos Bocas.
Esa obra determinada era el elemento clave para justificar si el contrato era temporal. Al no centrarse en ese proyecto, la autoridad responsable dejó incompleto su análisis sobre el agotamiento de la materia de trabajo.
En cambio, el tribunal calificó como infundado el argumento sobre prescripción. Consideró correcta la interrupción del plazo prescriptivo, generada por la presentación de la primera demanda laboral, conforme al artículo 521 de la Ley Federal del Trabajo.
Como resultado, se concedió el amparo para efectos. Esto significa que la autoridad responsable debe emitir una nueva sentencia, esta vez valorando correctamente las pruebas sobre la temporalidad del contrato ligado a Refinería Dos Bocas.
Conceptos clave
- Contrato por obra determinada: acuerdo laboral que dura mientras exista el proyecto específico para el que fue creado. No se considera indefinido si el proyecto concluye.
- Prescripción laboral: plazo legal para ejercer una acción ante los tribunales. Puede interrumpirse si se presenta una demanda dentro de ese periodo.
- Agotamiento de la materia de trabajo: obligación de la autoridad laboral de analizar todos los elementos relevantes del caso, sin omitir pruebas importantes.
- Amparo para efectos: tipo de concesión donde el tribunal no resuelve el fondo, sino que ordena a la autoridad responsable dictar una nueva resolución corrigiendo el defecto señalado.
- Empresa productiva del Estado: figura jurídica mexicana aplicable a entidades como Pemex, con reglas particulares en materia laboral y administrativa.
Qué significa esto en la práctica
- Los empleadores con contratos por obra determinada deben documentar con claridad el proyecto específico que justifica la temporalidad, especialmente cuando el trabajador tuvo relaciones laborales previas.
- Las autoridades laborales deben centrar su análisis en la última contratación relevante, no en toda la historia laboral del trabajador.
- Los trabajadores con contratos sucesivos por proyecto deben conocer que la temporalidad se analiza respecto al proyecto vigente al momento del despido.
- La interrupción de la prescripción por una primera demanda es un tema técnico que conviene revisar con acompañamiento profesional. Puedes consultar más sobre plazos legales en Academia de Amparo.
Por qué esta sentencia es relevante
Este amparo directo laboral concedido ilustra un problema común en juicios laborales: la confusión entre la historia laboral completa de un trabajador y el contrato específico vigente al momento del despido. El tribunal aclaró que el análisis debe enfocarse en la obra determinada relevante.
El caso también confirma un criterio sobre prescripción laboral. La presentación de una primera demanda interrumpe el plazo legal, protegiendo el derecho del trabajador a litigar su caso aunque exista un proceso posterior.
Para quienes buscan entender mejor estos temas, conviene revisar contenido especializado en materia laboral y amparo directo. También es útil conocer los criterios sobre contratación temporal en empresas productivas del Estado.
Preguntas frecuentes
¿Qué significa que un contrato sea 'por obra determinada'?
Es un contrato que dura mientras exista el proyecto o la obra para la que fue creado. Termina cuando esa obra concluye, sin que se considere un despido injustificado. Su validez depende de que realmente exista ese proyecto específico.
¿Por qué el tribunal consideró infundada la prescripción?
Porque el trabajador presentó una primera demanda que interrumpió el plazo legal, conforme al artículo 521 de la Ley Federal del Trabajo. Esa interrupción es válida aunque después se presente una nueva demanda.
¿Qué pasa ahora con el caso tras el amparo?
El Décimo Primer Tribunal Laboral Federal de Asuntos Individuales debe emitir una nueva sentencia. Esta vez debe analizar correctamente si el contrato del trabajador era temporal por el proyecto Refinería Dos Bocas.
¿Qué es el 'agotamiento de la materia de trabajo'?
Es el análisis completo que debe hacer una autoridad laboral sobre todas las pruebas y argumentos relevantes del caso. Si omite valorar un elemento clave, como la naturaleza exacta del contrato, su resolución puede ser incompleta.
En resumen
El Tercer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito concedió el amparo directo laboral porque la autoridad responsable no analizó correctamente la naturaleza temporal del contrato ligado al proyecto Refinería Dos Bocas. El tema de prescripción quedó resuelto en contra de la empresa, pero el caso deberá resolverse nuevamente enfocándose en el proyecto específico vigente.
Esta es una versión pública con fines informativos y de divulgación. No constituye asesoría jurídica. Si enfrentas una situación similar, te invitamos a buscar una consulta con un profesional especializado.
Sigue leyendo
📄 Descargar la sentencia completa (PDF, versión pública)
💬 ¿Quieres estar al día con criterios de amparo como éste? Únete a nuestro canal de WhatsApp de la Academia de Amparo.