SAT pierde: avalúo vencido no puede usarse en remate

SAT pierde: avalúo vencido no puede usarse en remate

SAT pierde: avalúo vencido no puede usarse en remate
¿Te embargaron con un avalúo vencido? El SAT pierde batalla legal por aplicar valores obsoletos.
La Séptima Sala del TFJA acaba de emitir una sentencia que marca precedente: declaró la nulidad lisa y llana de un avalúo que el SAT notificó ¡casi 3 años después de su emisión!

✅ El Reglamento es claro: Los avalúos fiscales tienen vigencia de 1 año desde su emisión.
✅ El SAT pretendía rematar bienes embargados valuados en $71,142,459.79 MXN con base en un avalúo del 20 de octubre de 2020, notificado hasta agosto de 2023.
✅ El Tribunal protegió el patrimonio del contribuyente, reconociendo que usar avalúos vencidos vulnera la legalidad del procedimiento de ejecución.
✅ La lección: Si te notifican un avalúo de bienes embargados, verifica su fecha de emisión. Puede ser tu mejor argumento de defensa.
Esta resolución del 2 de septiembre de 2025 refuerza la importancia de que las autoridades respeten los plazos legales. Tu patrimonio merece estar protegido con valores actuales y vigentes.

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Expediente: 22198/23-17-07-8 y acumulado 25567/23-17-01-3
Fecha de sentencia: 2 de septiembre de 2025
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