
Una empresa no pudo cumplir con tres obligaciones fiscales (declaraciones de ISR e IVA de junio 2025) porque su firma electrónica (e.firma) estaba bloqueada desde marzo de 2022, debido a una suspensión provisional en un juicio de amparo. La autoridad fiscal le impuso tres multas por no presentar esas declaraciones. La empresa demandó argumentando que era imposible cumplir por culpa de la autoridad, que nunca desbloqueó su e.firma pese a que el amparo ya había concluido. El Tribunal le dio la razón: determinó que se configuró "causa de fuerza mayor" (excluyente de responsabilidad del artículo 73 del Código Fiscal), pues la empresa actuó con diligencia intentando desbloquear su e.firma pero la autoridad no respondió adecuadamente. Sentencia: NULIDAD LISA Y LLANA de las multas. Efecto práctico: la empresa queda liberada de pagar las sanciones, pues el incumplimiento no fue responsabilidad suya sino de la autoridad.