2026-03-09T23:31:09.000Z

Una persona que vive en Estados Unidos cruzó la frontera en Mexicali con su vehículo con placas de California. Al pasar por la garita, el semáforo le dio "luz verde" (desaduanamiento libre), pero un verificador de la Aduana decidió revisarla de todos modos porque dudó de su residencia en el extranjero. La Aduana le quitó (embargó) su vehículo y le determinó un crédito fiscal (una deuda), alegando que no acreditó ser residente en el extranjero ni la legal estancia del auto. La persona presentó un recurso de revocación ante la autoridad aduanera, pero esta nunca le respondió (lo que se llama "negativa ficta": si no te contestan en 3 meses, se considera que dijeron que no). Entonces demandó ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa. El Tribunal determinó que la persona sí demostró ser ciudadana estadounidense (con acta de nacimiento apostillada) y que el vehículo tenía placas y registro vigentes de California. La Aduana no valoró correctamente las pruebas y ni siquiera las combatió en el juicio. El Tribunal declaró la nulidad lisa y llana de la resolución de la Aduana y ordenó devolver el vehículo a quien acredite su propiedad, o iniciar el resarcimiento económico.
Artículo Anterior Artículo Siguiente