2026-02-17T23:02:09.000Z

María, una profesional independiente, no presentó a tiempo su declaración de impuestos (ISR) de mayo 2024. La autoridad fiscal le mandó un requerimiento en julio, pero María tampoco cumplió en el plazo dado. Por eso, la autoridad le impuso dos multas por la misma falta: no presentar esa declaración. María demandó porque le pareció injusto que la multaran dos veces por lo mismo. El Tribunal le dio la razón: encontró que sí era ilegal sancionarla dos veces por la misma omisión, porque viola el principio "non bis in idem" (no dos veces por lo mismo). El Tribunal anuló las dos multas, confirmando que nadie puede ser castigado dos veces por la misma conducta.
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