2026-02-01T23:02:10.000Z

¿Quién demanda? Una persona de negocios (contribuyente) de Sinaloa.
¿Contra quién? El Servicio de Administración Tributaria del Estado de Sinaloa.
¿Qué pasó? La autoridad revisó las cuentas bancarias de la persona y determinó que debía pagar $862,711 de impuestos atrasados (ISR, IVA e IETU) del año 2013. Para calcular esto, tomó los depósitos bancarios ($1,266,654) y aplicó un "factor matemático de 1.16" para separar el IVA, obteniendo ingresos de $1,091,943.
¿Qué se pidió? Que se anulara esa determinación de impuestos.
¿Tema jurídico central? Falta de fundamentación y motivación al aplicar el factor 1.16 para calcular ingresos a partir de depósitos bancarios.
¿Qué decidió el tribunal? Le dio la razón al contribuyente y anuló completamente la resolución.
¿Por qué? 1) La autoridad no explicó de dónde sale el factor 1.16 ni por qué lo aplicó, 2) No citó el artículo de ley que permite usar ese factor en depósitos bancarios, 3) El factor 1.16 no es aplicable cuando se determinan ingresos directamente de depósitos, 4) Dejó a la persona en indefensión al no explicar las operaciones matemáticas, 5) Violó el derecho a la debida fundamentación y motivación.
¿Efecto práctico? La persona NO tiene que pagar los $862,711 determinados, y la autoridad tendrá que hacer su trabajo correctamente si quiere cobrar algo.
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